Resolución 890/2021

Fecha de publicación30 Agosto 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO


Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-19064257- -APN-MT, la Ley Nacional de Empleo N° 24.013, la Ley N° 25.371, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 34 del 13 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y complementarios, N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios y complementarios, y N° 297 del 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios y complementarios, los Decretos N° 739 del 29 de abril de 1992 y N° 50 del 19 de diciembre de 2019, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 260 del 27 de marzo de 2020 y N° 444 del 22 de mayo de 2020, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 228 del 28 de mayo de 2020, N° 432 del 25 de agosto de 2020, N° 942 del 15 de diciembre de 2020, N° 251 del 4 de marzo de 2021 y N° 576 del 2 de junio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Empleo N° 24.013, en su Título IV, instituye el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo para la protección del trabajador y, en dicho marco, regula las prestaciones por desempleo, fijando las condiciones para su otorgamiento.

Que la Ley N° 25.371 creó el sistema integrado de prestaciones por desempleo para los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de la Industria de la Construcción estatuido por la Ley N° 22.250, regulando las prestaciones por desempleo de dicho régimen y previendo la aplicación supletoria de las disposiciones del Título IV de la Ley N° 24.013.

Que el Artículo 126 de la Ley N° 24.013 otorga facultades al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para decidir la prolongación de la duración de las prestaciones por desempleo.

Que mediante el Decreto N° 34/2019 se declaró la emergencia pública en materia ocupacional, la que fue ampliada por los Decretos N° 528/2020, N° 961/2020 y N° 39/2021, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que el Artículo 1° de la Ley N° 27.541 declaró la emergencia pública en materia sanitaria.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, y modificatorios, se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus SARS-CoV-2 declarada con fecha 11 de marzo de 2020 por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).

Que dicha emergencia pública fue prorrogada por el Decreto N° 167/2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional...

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