Resolución 88/2022

Fecha de publicación23 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO


Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-95086024-APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.437, el Decreto Nº 800 de fecha 5 de septiembre de 2018, las Resoluciones Nros. 91 de fecha 6 de septiembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 185 de fecha 26 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.437 se estableció el Régimen de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores con el objeto de otorgar preferencia a la adquisición, locación o leasing de bienes de origen nacional.

Que por la citada ley se determinó quiénes serán los sujetos alcanzados que deberán otorgar preferencia a las ofertas de bienes de origen nacional cuando el monto estimado del procedimiento de selección sea igual o superior al establecido por la reglamentación vigente en el apartado 1, inciso d) del Artículo 25 del Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, y se fijaron pautas para otorgar dicha preferencia.

Que, entre las pautas establecidas para identificar las contrataciones de bienes alcanzadas por la normativa, se destaca la utilización de la figura del módulo (M) para referirse al valor de las mismas.

Que, asimismo, en el Capítulo VI de la mentada norma se dispuso que el valor del módulo (M) podrá ser modificado por la autoridad de aplicación, con la aprobación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 800 de fecha 5 de septiembre de 2018 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.437 y se estableció en su Artículo 2° que la Autoridad de Aplicación de dicha Ley sería la ex SECRETARÍA INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, además, por el Artículo 3° de dicho decreto se facultó a la Autoridad de Aplicación a dictar las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias para la interpretación y aplicación de la citada ley y de lo dispuesto en la reglamentación.

Que, en este marco, a través del Artículo 8° de la Resolución N° 185 de fecha 26 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se estableció en PESOS TRES MIL ($ 3.000) el valor del módulo (M) consignado en el Artículo 13 de la Ley N° 27.437.

Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a todos sus efectos del ex MINISTERIO DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR