Resolucion 875

Fecha de disposición22 Febrero 2007
Fecha de publicación22 Febrero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31101
Art. 33º

Regalo de Reyes: Con motivo de la festividad de Reyes, la Compañía hará regalos a los hijos del personal efectivo y niños a su cargo, hasta la edad de doce (12) años inclusive. Para tener derecho a este beneficio, los niños deben estar inscriptos en la Oficina de Personal Art. 34º: Canasta Navideña: En el mes de diciembre, la Compañía hará entrega de una canasta con productos navideños.

Art. 35º

Plan de Ayuda Médico - Asistencial Complementaria: Se continuará con un Plan de Ayuda Médico - Asistencial Complementaria de los Servicios Médicos que brinda la Obra Social para el Personal de la Industria Textil. Este Plan Medico Asistencial Complementario, es contratado por la Compañía y su utilización por los empleados es totalmente voluntaria.

  1. - Los beneficiarios de este Plan son el empleado en relación de dependencia, que revestirá como titular y los beneficiarios que por la ley de jubilaciones y pensiones este vigente. Respecto a los hijos solteros sin ingresos, el beneficio alcanza hasta los menores de 26 años de edad y a los discapacitados sin límite de edad.

  2. - Este plan consiste en las siguientes prestaciones:

  3. a) Atención Médica de Urgencias en Domicilio: Se continuará la atención médica en los domicilios de los beneficiarios a través de visitas médicas de urgencia.

  4. b) Atención ante Emergencias Médicas en Domicilio: Se continuará con la contratación de un servicio de unidades de terapia móvil para atención y posterior traslado a un centro asistencial de acuerdo al cuadro que presente el paciente.

  5. c) Atenciones Médicas Ambulatorias en Consultorios Médicos Privados: Se continuará con la contratación de la atención médica de las siguientes especialidades: Pediatría, Clínica Médica, Cardiología, Traumatología y Ortopedia, Ginecología y Obstetricia. Los beneficiarios pueden consultar y recibir atención médica.

  6. d) Sanatorios Zonales de Atención Médica Transitoria: Ante el caso de urgencias o emergencias médicas domiciliarias en la que exista riesgo para el traslado a los Sanatorios de la obra Social S.E.T.I.A., la Ayuda Medica Asistencial complementaria contará con Sanatorios zonales ubicados en Berazategui,

    Quilmes, Florencio Varela, Bernal, Adrogué y zonas aledañas, La Plata y Capital Federal. Estos sanatorios deben contar con infraestructura para cirugía y demás especialidades que sean proporcionadas por los Sanatorios. Contarán con internación para cubrir cualquier contingencia, incluyendo la del recién nacido, hasta un máximo de 72 horas, con excepción de alta complejidad. Deberán contar con unidad de terapia intensiva.

  7. e) Exámenes Complementarios: Los análisis de laboratorio, radiología y ecografía, están cubiertos por el plan en un 100% (ciento por ciento), excepto aquellos que son clasificados, como 'ALTA COMPLEJIDAD'. Los análisis cubiertos pueden realizarse en los sanatorios zonales contratados, en laboratorios designados en Berazategui y Quilmes.

  8. f) Odontología: El Servicio Odontológico incluye:

    Obturación de caries Tratamiento de conductos Extracciones Prótesis de acrílico (quedan expresamente exceptuadas aquellas que obedezcan a razones de estética) Ortodoncia Art. 36º: Medicamentos La Compañía subsidiará el setenta por ciento (70%) del precio de la venta al público de los medicamentos que cumplan con los requisitos que se detallan a continuación y que se comercialicen en la Mutualidad Ducilo.

    El Subsidio se mantendrá en un cincuenta por ciento (50%) del precio de la venta al público para los medicamentos antes detallados adquiridos en la farmacias S.E.T.I.A. y seccional Quilmes (Garibaldi 166, Quilmes).

    Los medicamentos subsidiados serán aquellos que se venden bajo prescripción médica y que se encuentran bajo la Farmacopea Nacional. No se subsidiaran medicamentos de venta libre, ni 'recetas magistrales', ni material descartable.

    Solo se subsidiará una unidad por medicamento salvo que en la receta conste de puño y letra del profesional, la cantidad y la leyenda tratamiento prolongado.

    El personal al que la compañía le subvencione una Obra Social distinta a la sindical, sólo gozará del porcentaje de descuento en medicamentos que otorgue dicha Obra Social.

Art. 37º

Comedor 1) Todo el personal que desempeña sus tareas en la compañía gozará de los servicios de almuerzos, cenas y cafetería (desayuno, merienda y refrigerio) que serán suministrados sobre la base de menú fijo con una subvención del 89% para el comensal:

2) Las subvenciones mencionada se aplicará sobre un tope máximo de consumo diario de $ 10.5.El tope máximo de la subvención se incrementará proporcionalmente cuando varíen los valores de los productos.

3) En caso de problemas de salud certificados por Servicio Médico de la Compañía, se servirá en los almuerzos la...

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