Resolución 86/2021

Fecha de publicación27 Mayo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-33775223--APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, el Decreto Provincial Nº 229 de fecha 17 de marzo de 2021, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS de fecha 20 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de RÍO NEGRO presentó para su tratamiento en la reunión de fecha 20 de abril de 2021 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, el Decreto Provincial Nº 229 de fecha 17 de marzo de 2021 que declaró, en su Artículo 1º, el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuaria, por el término de UN (1) año, a partir del 17 de marzo de 2021, por causa de granizo y lluvias intensas para la actividad hortícola, apícola, frutícola, vitivinícola, frutos secos y ganadería en los Departamentos Avellaneda, General Conesa, El Cuy y General Roca.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en los términos de la Ley Nº 26.509, con el alcance propuesto por la Provincia de RÍO NEGRO.

Que asimismo, la citada Comisión estableció el día 17 de marzo de 2022 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9º del Anexo al Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dáse por declarado, en la Provincia de RÍO NEGRO, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por el término de un año, desde el 17 de marzo de 2021, para las explotaciones hortícolas, apícolas, frutícolas, vitivinícolas, de frutos secos y animales de granja, en los Departamentos Avellaneda, General Conesa, El Cuy y General Roca...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR