Resolución 853/2021

Fecha de publicación06 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 03/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-81960515-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2021-82138703-APN-SE#MEC y EX-2021-81997652-APN-SE#MEC en tramitación conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 27.640 se aprobó el Marco Regulatorio de Biocombustibles, el que comprende todas las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles, y establece que la Autoridad de Aplicación de la citada ley es esta Secretaría.

Que con la entrada en vigencia de la referida ley quedaron sin efecto todas las disposiciones establecidas en las Leyes Nros. 23.287, 26.093 y 26.334, junto con la normativa reglamentaria respectiva, entre las cuales se encontraban las vinculadas con los precios de adquisición de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles.

Que producto de lo anterior, y en ejercicio de las funciones establecidas por la Ley N° 27.640 para la Autoridad de Aplicación, resulta necesario fijar los precios de adquisición del biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil para el abastecimiento del mercado interno durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2021, mientras se concluye el análisis de la metodología de cálculo pertinente.

Que el establecimiento de los citados precios del biodiesel ha sido consensuado con las entidades que nuclean a las empresas elaboradoras de biodiesel del sector, de acuerdo con las presentaciones efectuadas por dichas entidades ante esta Secretaría.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Inciso i) del Artículo 3° de la...

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