Resolución 85. RESOL-2018-85-APN-SGAYDS#SGP

Fecha de disposición06 Diciembre 2018
Fecha de publicación06 Diciembre 2018
SecciónResoluciones

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución 85/2018

RESOL-2018-85-APN-SGAYDS#SGP

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2018

VISTO: El EX-2018-50823141-APN-DRIMAD#SGP del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, Ley N° 24.449, Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y su modificatorio, Decreto N° 32 de fecha 10 de enero de 2018, Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio Decreto Nº 958 de fecha 25 de octubre de 2018, Decreto Nº 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, Decreto Nº 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, Decisión Administrativa N° 311 de fecha 13 de marzo de 2018, la Resolución MAyDS N° 797-E de fecha 14 de noviembre de 2017 y la Resolución SAyDS N° 1.270 de fecha 21 de noviembre de 2002, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que es política del PODER EJECUTIVO NACIONAL propender a un uso eficiente de la energía, teniendo en cuenta que, en su mayoría, la misma proviene de recursos naturales no renovables.

Que, el artículo 33 de la Ley N° 24.449 y el Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 establecen que todos los automotores deben ajustarse a los límites sobre emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas que se establecen en la normativa, designándose a la SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO como autoridad competente para todos los aspectos relativos a la emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas, provenientes de automotores.

Que también, mediante el Decreto Nº 140 del 21 de diciembre de 2007 se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía, aprobándose los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (PRONUREE), destinado a contribuir y mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores de energía.

Que por la Resolución Nº 96 del 1 de junio de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se delegaron en la SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA, las facultades vinculadas a la ejecución del PRONUREE otorgadas al ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA por el Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007.

Que por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, se le encomendaron a la SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA las facultades de desarrollar programas de difusión y comunicación a la población en general a transmitir la importancia de la eficiencia energética y el uso responsable de los recursos energéticos;

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 316 de fecha 14 de marzo de 2018, se crea en la órbita de la citada SUBSECRETARÍA la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROGRAMAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, entre cuyas responsabilidades se destaca la de interactuar con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil que estén involucrados en la formulación y ejecución de los programas de ahorro y eficiencia energética.

Que, por otra parte, en el marco de la Resolución Nº 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se implementó un régimen de etiquetado de eficiencia energética sobre algunos productos industriales.

Que asimismo la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dispone del LABORATORIO DE CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS VEHICULARES (LCEGV), dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RECOMPOSICIÓN de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, que permite certificar el consumo o economía de combustible y las emisiones de los vehículos automotores, conforme a las normativas de referencia internacional (Directivas Europeas, Reglamentos de Naciones Unidas y Normas del Código de Regulación Federal de los Estados Unidos) para la prestación de servicios que impulsen las implementaciones normativas.

Que conforme los límites y procedimientos de certificación de emisiones implementados en el país por la Resolución de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE N° 1464 de fecha 29 de diciembre de 2014 (EURO V), para el control de emisiones de vehículos de pasajeros y comerciales livianos (de categorías M1 y N1 conforme normativas de referencia) se toman las Directivas Europeas N° 715 del 20 de Junio de 2007 y N° 692 del 18 de Julio de 2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para vehículos livianos, así como reglamentos de Naciones Unidas, como referencia para homologación de emisiones contaminantes de vehículos automotores (Reglamento N° 83 de la Comisión Económica Para Europa de las Naciones Unidas - CEPENU) y el consumo de combustible (Reglamento N° 101 de la Comisión Económica Para Europa de las Naciones Unidas-CEPENU), lo cual proporciona un marco adecuado para propender al ahorro por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR