Resolución 80/2020

Fecha de publicación09 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL


Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-98736834-APN-ANAC#MTR, del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) el Decreto N°1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución ANAC N° 627 de fecha 14 de septiembre de 2012 y la Parte 67 Certificación Médica Aeronáutica de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 627 de fecha 14 de septiembre de 2012, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), dispuso la vigencia de la Parte 67- Certificación Médica Aeronáutica – de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).

Que la Parte 67- en su sección 67.39 de las RAAC, faculta a la Autoridad Aeronáutica a designar Centros Médicos Aeronáuticos Examinadores (CMAE) y autorización de Médicos Examinadores Aeronáuticos (AME), a propuesta del Departamento Evaluación Médica (DEM) de la Dirección de Licencias al Personal (DLP), dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC.

Que el Departamento mencionado tomó conocimiento el 6 de noviembre de 2019 que el Centro Médico GRUPO MÉDICO MASCHWITZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SRL), (CUIT N° 30-68678027-5), solicita ser habilitado como Centro Médico Aeronáutico Examinador (CMAE)

Que personal del DEM, de la DLP, dependiente de la DNSO de la ANAC, procedió a la verificación de los requisitos para habilitar al mencionado centro médico, siendo de opinión favorable.

Que en consecuencia, se deben tener por cumplidos los requisitos para obtener la habilitación solicitada.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTyA) de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

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