Resolución 8/2020

Fecha de publicación30 Enero 2020
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-06840007-APN-DNAYAE#AND del registro de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, las Leyes N° 13.478, 25.869, 26.378, 26.928 y 27.541, los Decretos N° 432/97, 698/17, 95/18, 160/18, las Resoluciones N° 39/19, 44/19 y 76/19 de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 698 de fecha 5 de septiembre de 2017 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, encargado del diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes N° 25.869 y N° 26.928.

Que por el Decreto N° 95 de fecha 1° de febrero de 2018 se suprimió el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION y se transfirió a la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, la que será continuadora a todos los efectos legales del precitado SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION.

Que por el Decreto N° 160 de fecha 27 de febrero de 2018 se transfirió al ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD el PROGRAMA FEDERAL DE SALUD INCLUIR SALUD.

Que es de público y notorio conocimiento la gravísima coyuntura, los intolerables niveles actuales de pobreza, la crisis que afecta al sistema público de la salud, la profunda parálisis productiva con su consecuente desorden fiscal y su correlato de crisis política, que alcanzó a los estados provinciales, en cuanto miembros de la organización nacional.

Que tal cuadro de situación hizo necesario declarar, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL, a través de la Ley N° 27.541 promulgada por Decreto N° 58 de fecha 23 de diciembre de 2019, la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Que, en el mismo sentido, se encuentra afectada la prestación de la cobertura médica de los beneficiarios del PROGRAMA FEDERAL DE SALUD INCLUIR SALUD.

Que los Convenios de adhesión al PROGRAMA FEDERAL DE SALUD INCLUIR SALUD suscriptos con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires operaron su vencimiento con fecha 31 de diciembre de 2019.

Que el estado de necesidad manifiesta y la especial vulnerabilidad de su población beneficiaria exigen adoptar urgentes medidas que optimicen la...

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