Resolución 782/2019

Fecha de publicación06 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2019

VISTO el Expediente N° S02:0014844/2012 del registro del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 24.093 de Actividades Portuarias y N° 27.445 de Simplificación y Desburocratización para el Desarrollo de la Infraestructura, los Decretos N° 769 de fecha 19 de abril de 1993, N° 1231 de fecha 28 de octubre de 1999 y N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto la firma SIDERAR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, actualmente denominada TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. Nº 30-51688824-1, solicitó la habilitación portuaria con relación a UN (1) muelle para la descarga de barcazas con mineral de hierro y otros elementos a granel que utilizará la empresa para la fabricación de sus productos de acero, denominado “Nuevo Puerto de Barcazas”, perteneciente a dicha firma, ubicado sobre la margen derecha del Río Paraná, a la altura del KILÓMETRO TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO, OCHOCIENTOS (km 344,800), Partido de RAMALLO, Provincia de BUENOS AIRES.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2019-104665441-APN-DNCPYVN#MTR de fecha 25 de noviembre de 2019 señaló que la solicitud de la firma interesada se funda en que la misma amplió las instalaciones del puerto habilitado oportunamente por el Decreto N° 1231 de fecha 28 de octubre de 1999, con la incorporación de UN (1) muelle para la descarga de barcazas que transportan mineral calibrado de hierro, afectando UN (1) nuevo inmueble a la ampliación de las instalaciones del puerto, identificado como Parcela 252f.

Que tomaron intervención la DIRECCIÓN DE CONTROL DOCUMENTAL Y HABILITACIONES, la DIRECCIÓN DE CONTROL TÉCNICO DE CONCESIONES y la citada DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante el Informe firma conjunta N° IF-2019-84437277-APN-DNCPYVN#MTR de fecha 18 de septiembre de 2019 en el que se señaló, entre otras cuestiones, que la parcela 252n, la cual ya formaba parte de los inmuebles afectados al puerto (Artículo 1°, inciso f) del Decreto N° 1231/99), se unificó con la parcela 262c formando la parcela 252ab.

Que, a su vez, indicó que la...

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