Decreto 769. Desígnanse miembros del Consejo de Asesores.

Fecha de disposición10 Junio 2016
Fecha de publicación10 Junio 2016
SecciónDecretos

Decreto 769/2016

Desígnanse miembros del Consejo de Asesores.

Bs. As., 09/06/2016

VISTO los Expedientes del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Nros. 5509/2010 y 779/2016, la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estará gobernado y administrado por: a) El Presidente y el Vicepresidente; b) la Asamblea Federal; y c) el Consejo Asesor.

Que el artículo referido en el considerando precedente establece que la ASAMBLEA FEDERAL estará presidida por el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES e integrada por los señores Secretarios o Subsecretarios de Cultura de los Poderes Ejecutivos Provinciales y los del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que por el mencionado artículo establece que el CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, estará integrado por ONCE (11) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de los cuales CINCO (5) serán propuestos por la ASAMBLEA FEDERAL de dicho Instituto, debiendo ser personalidades relevantes de la cultura, UNO (1) por cada región cultural, y los SEIS (6) miembros restantes serán designados a propuesta de las entidades representantes del quehacer cinematográfico.

Que asimismo, dicho artículo, dispone que las entidades propondrán UN (1) actor con antecedentes cinematográficos, DOS (2j directores cinematográficos, DOS (2) productores, uno de los cuales deberá ser productor de series, miniseries, telefilmes o películas destinadas a la exhibición televisiva o por medio de videocassettes y UN (1) técnico de la industria cinematográfica.

Que en caso de existir en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial la propuesta del candidato al CONSEJO ASESOR será resuelta en forma conjunta quedando vacante el lugar respectivo, hasta tanto no se produzca el acuerdo entre ellas.

Que el mandato de los miembros designados a propuesta de la ASAMBLEA FEDERAL y las entidades será de UN (1) año, los cuales podrán ser reelegidos por única vez por un período de tiempo igual.

Que mediante el dictado del Decreto N° 976 de fecha 19 de julio de 2013 se designó a los miembros del CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL...

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