Resolución 74/2019

Fecha de publicación02 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS


Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO la Actuación N° 17944-36-2016; y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes tramita la solicitud de renovación de la habilitación como Depósito Fiscal General a favor de la firma M. DODERO COMPAÑÍA GENERAL DE SERVICIOS S.A. de los predios ubicados sobre la calle José Ingenieros 2306 y 2222 de la localidad de Rojas, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires.

Que a fs. 611/613 se presentó Miguel DODERO en el carácter de presidente de la firma manifestando que la empresa cuenta con dos depósitos fiscales, ubicados en las locaciones antes mencionadas, distantes uno de otro a setenta metros, sobre la misma vía, siendo que uno de ellos posee instalaciones de cámaras frigoríficas, y el otro de cargas generales, habiéndosele otorgado oportunamente a ambos una sola habilitación, pese a no estar en inmuebles contiguos, ello en el marco de la entonces vigente Resolución N° 3343/94 de la ex –ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Que toda vez que la Resolución General N° 4352 (AFIP), en su Anexo III Punto 1.2 establece que el predio a habilitar constituirá una unidad, es decir que, se deberá acceder a cualquier sector del mismo sin pasar por una zona secundaria aduanera, la firma interesada plantea que “Actualmente se ha presentado y cumplimentado todos los requerimientos ante la Aduana para la habilitación del predio de Pacheco II y solicitamos a la Aduana que nos permita integrar como un todo a Pacheco I, o bien, solicitar una habilitación nueva para Pacheco I...”.

Que sometidas las actuaciones a consideración de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, por NOTA N° 208/19 (DG ADUA) de fs. 810 reencuadró el trámite de renovación de habilitación de las cámaras frigoríficas instaladas en el predio ubicado en la calle José Ingenieros 2306 –Actuación N° 12128-38-2019-, respecto del cual se sometió a su consideración la excepción a la utilización de balanzas y escáner, indicando a tales efectos que se analice lo solicitado por la firma “…en cuanto a la habilitación de los espacios fiscales como un todo en cuyo caso la excepción trataría sobre los ámbitos fiscales ubicados en predios cercanos…”.

Que reencausado el trámite de los presentes de acuerdo a lo ordenado, la Dirección Aduana de Buenos Aires emitió la NOTA N° 665/19 (DI ABSA) de fs. 817, y esta Subdirección General por NOTA N° 615/19 (SDG OAM) de fs. 818 elevó los actuados a la mencionada Dirección General para la evaluación y aprobación o rechazo de la excepción planteada al cumplimiento de la...

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