Resolución 7065/2022

Fecha de publicación25 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorREGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES


Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2022

VISTO:

La Ley Nº 25.191, Decreto Reglamentario Nº 453 de fecha 24 de abril de 2001, Resolución RENATRE N° 302 (B.O. 22/03/2005), Resolución Conjunta 379/2005 y 369/2005 (B.O. 26/05/2005), Resolución RENATRE 904 (B.O. 7/8/2007), Resolución RENATRE N° 488 -Estatuto Constitutivo TEXTO ORDENADO- de fecha 03 de Diciembre de 2010, Resolución RENATRE N° 64 (B.O. 01/03/2018), Resolución RENATRE N° 243 (B.O. 24/06/2021), Resolución del RENATRE N° 1 de fecha 6 de Enero de 2022 (B.O. 14/01/2022), Acta de Directorio N° 116 de fecha 28 se septiembre de 2022 y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones del sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de las entidades empresarias de la actividad y la asociación de trabajadores rurales con personería gremial con mayor representación nacional.

Que por Resolución del RENATRE N° 1 de fecha 6 de enero de 2022 (B.O. 14/01/2022) se designó al Sr. Roberto BUSER (DNI 8.546.549) como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) por el periodo comprendido entre el 01.01.2022 al 31.12.2022.

Que dicha función conlleva al ejercicio de las facultades de dirección y administración conforme las atribuciones previstas en el Art. 11 inc. g) de la ley 25.191, lo dispuesto en el Art. 2° del Decreto Reglamentario N°453/2001 y la Resolución RENATRE N° 488/2010 -Estatuto Constitutivo- TEXTO ORDENADO.

Que el ANEXO I de la Resolución RENATRE N° 302/2004, y sus normas complementarias y/o modificatorias, establece el procedimiento para la impugnación de deudas por Contribución (Artículo 14 de la Ley 25.191).

Que el ANEXO I de la Resolución RENATRE N° 904/2007, y sus normas complementarias y/o modificatorias, establece el procedimiento para la impugnación de infracciones verificadas (Artículo 15 de la Ley 25.191).

Que el ANEXO I de la Resolución RENATRE N° 64/2018, establece que los datos suministrados por los empleadores al momento de aceptar el contrato de adhesión en el Portal RENATRE, revisten carácter de declaración jurada, debiendo constituir domicilio electrónico donde serán válidas y eficaces todas aquellas comunicaciones y notificaciones que emanen del Registro.

Que la Resolución RENATRE N° 243/2021 habilitó la presentación digital de impugnaciones para la Deuda por Contribución e...

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