Resolución 674/2023

Fecha de publicación08 Diciembre 2023
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-39749101-APN-DPAYRE#MDP, la Ley N° 19.640, los Decretos Nros. 490 de fecha 5 de marzo de 2003, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y 727 de fecha 22 de octubre de 2021, las Resoluciones Nros. 264 de fecha 2 de abril de 1987 del ex TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, 47 de fecha 18 de febrero de 2005, 211 de fecha 7 de septiembre de 2005, 212 de fecha 7 de septiembre de 2005, 187 de fecha 27 de abril de 2007, todas ellas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y 228 de fecha 11 de abril de 2022 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 19.640 se estableció un régimen especial fiscal y aduanero para el entonces TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, con el fin de fomentar la actividad económica y asegurar de ese modo, el establecimiento permanente de la población argentina en la región.

Que la firma AUDIVIC S.A. (C.U.I.T. N° 30-59320856-3), con domicilio en la calle Saavedra Lamas N° 1480, de la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, fue incorporada como beneficiaria del Régimen de la Ley N° 19.640 a través de las Resoluciones Nros. 264 de fecha 2 de abril de 1987 del ex TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, 47 de fecha 18 de febrero de 2005, 211 de fecha 7 de septiembre de 2005, 212 de fecha 7 de septiembre de 2005 y 187 de fecha 27 de abril de 2007, todas ellas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, para la fabricación de Receptores de Televisión, Hornos de Microondas, Equipos de aire Acondicionado de uso doméstico familiar, comercial y otros usos no industriales, Equipos de Radiocomunicaciones Móviles Celulares.

Que por el Decreto N° 727 de fecha 22 de octubre de 2021 se prorrogó el plazo de vigencia de los derechos y obligaciones acordados en el marco de la Ley N° 19.640, los Decretos Nros. 479 de fecha 4 de abril de 1995, 490 de fecha 5 de marzo de 2003 y 1.234 de fecha 14 de septiembre de 2007 y sus normas complementarias hasta el día 31 de diciembre de 2038.

Que, en dicho marco, se dictó la Resolución N° 228 de fecha 11 de abril de 2022 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por la que se reglamentó el Decreto N° 727/21, estableciendo los procedimientos necesarios para que las empresas beneficiarias del Régimen...

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