Resolución 67/2023

Fecha de publicación13 Marzo 2023
EmisorMINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-17059269- -APN-DDE#MTYD, la Resolución N° 331 del 6 de julio de 2022 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se creó el PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR), con el objeto de fortalecer la cadena de valor del sector y mejorar la oferta turística, promover el desarrollo de las economías regionales e incentivar inversiones que se orienten al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y las energías renovables, crear empleo local sostenible, propiciar la equidad de género y favorecer el arraigo y el desarrollo humano en el territorio.

Que el mencionado Programa otorga Aportes No Reintegrables (ANR) para micro y pequeños prestadores turísticos, domiciliados, constituidos o habilitados para actuar dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo, quienes deberán presentar un proyecto de inversión, el que tendrá que ser aprobado.

Que el proyecto de inversión presentado debe ser destinado a la adquisición de bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles, como así también, de materiales destinados a adecuación, ambientación, ampliación y/o refacción de inmuebles, siempre que tengan una conexión directa con su actividad principal.

Que de cara a la realización de una nueva convocatoria del Programa se ha advertido la necesidad de realizar algunas modificaciones al reglamento aprobado por la Resolución N° 331/22, a fin de optimizar el procedimiento aplicable en esta ocasión y asistir a las personas beneficiarias en las tareas vinculadas con la rendición de cuentas, simplificando su gestión.

Que la Dirección Nacional de Créditos e Inversiones Turísticas y la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO tomaron intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES tomó la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y sus modificatorias y el Decreto N° 21 del 10 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.-...

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