Resolución 304/2009

Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2009

Que atento a ello corresponde desconocer el origen de los grupos electrógenos clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8502.13.19, exportados por la firma STEMAC S.A. - GRUPOS GERADORES de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

Artículo 1º

Determínase que productos clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8502.13.19, exportados a nuestro país por la firma STEMAC S.A. - GRUPOS GERADORES de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL no cumplen con las condiciones para ser considerados originarios en los términos de lo dispuesto por el Régimen de Origen MERCOSUR.

Art. 2º

La Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS suspenderá el tratamiento arancelario de intrazona a los productos indicados en el artículo anterior exportados por la firma STEMAC S.A. - GRUPOS GERADORES de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Art. 3º

Notifíquese a la Dirección General de Aduanas para que proceda a dar tratamiento arancelario de extrazona a los productos clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8502.13.19, exportados a nuestro país por la firma STEMAC S.A. - GRUPOS GERADORES de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL e importados por la firma INDULAR MANUFACTURAS S.A. de la REPUBLICA ARGENTINA, documentado mediante el Despacho de Importación Nº 08 042 IC03 002711 K de fecha 13 de mayo de 2008.

Art. 4º

La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º

Notifíquese a la interesada.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Fernando J. Fraguío.

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa COMERCIO EXTERIOR Resolución 304/2009

Modificación de la Resolución Nº 48/01 de la ex Secretaría de Industria, Comercio e Inversiones, referida a la emisión de certificados de origen que acompañan la exportación de productos negociados en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración y en el Mercado Común del Sur.

Bs. As., 11/9/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0064367/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 48 del 2 de marzo de 2001 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INVERSIONES del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se estableció que la emisión de certificados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR