Resolución 188/2009

Fecha de publicación26 Agosto 2009
Fecha de disposición26 Agosto 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31723

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 16, inciso a) de la Ley Nº 24.804 establece, entre las funciones, facultades y obligaciones de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), la de dictar las normas regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares.

Que el Artículo 3º del Decreto Nº 1172/03 aprueba el 'Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas' y el 'Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas' que como Anexos V y VI respectivamente, forman parte integral del mencionado Decreto.

Que mediante la Resolución del Directorio Nº 67/04 se instrumenta, en el ámbito de la ARN, el mencionado Reglamento General y se adopta el correspondiente formulario para la presentación de opiniones y propuestas, además de designar al SECTOR NORMAS como responsable de la implementación y puesta en marcha del procedimiento para la elaboración participativa de normas.

Que asimismo, la Resolución Nº 142/09 declaró la apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, en relación con el anteproyecto de Norma AR 7.11.1 'Permisos Individuales para Operadores de Equipos de Gammagrafía Industrial' Revisión 3.

Que dicha Resolución Nº 142/09 procedió a habilitar en esta ARN durante VEINTE (20) días un Registro para la incorporación de opiniones y propuestas por parte de toda persona física o jurídica, pública o privada, que invocara un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado con la norma a dictarse.

Que resulta de público conocimiento que la situación especial creada en el ámbito nacional por la pandemia producida por la Influenza A (H1N1), ha afectado el normal desenvolvimiento de las actividades en nuestro país durante un lapso que abarca el período en que estuvo habilitado el Registro antedicho.

Que ante las dificultades producidas por dicha pandemia, resulta conveniente dictar medidas para facilitar la participación de los ciudadanos que pudieran haberse visto impedidos de incorporar sus opiniones y propuestas en relación con la norma a dictarse.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 10 del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, la SECRETARIA GENERAL y el SECTOR NORMAS, han tomado la intervención que les compete.

Que el suscripto en función de las atribuciones conferidas por el Artículo 20 Anexo I, Capítulo II del Decreto Nº 1390/98 es competente para dictar la presente Resolución.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declarar una nueva apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, en relación con el anteproyecto de Norma AR 7.11.1 'Permisos Individuales para Operadores de Equipos de Gammagrafía Industrial' Revisión 3 que como anexo forma parte integral de esta Resolución, e iniciar el correspondiente Expediente.

ARTICULO 2º

Invitar a participar en dicho Procedimiento a toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado con la norma a dictarse.

ARTICULO 3º

Establecer que, a los efectos de la instrumentación del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, el SECTOR NORMAS es la dependencia competente a la cual el suscripto, en su carácter de Autoridad Responsable, delega la dirección del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.

ARTICULO 4º

Habilitar un Registro para la incorporación de opiniones y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, sita en Avenida del Libertador Nº 8250 - Oficina 317, 1429 DE LA REPUBLICA ARGENTINA. En dicha sede los interesados podrán tomar vista del Expediente.

ARTICULO 5º

Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL y a los sectores NORMAS, INFORMACION TECNICA y REGISTRO CENTRAL. Publíquese en el Boletín de este Organismo. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA durante DOS (2) días. Incorpórese en el sitio Web de la ARN durante la vigencia del plazo indicado en el Artículo 4º de la presente Resolución y archívese en el REGISTRO CENTRAL. -- Dr. RAUL OSCAR RACANA, Presidente del Directorio.

ANEXO A LA RESOLUCION Nº 188/09

ANTEPROYECTO NORMA AR 7.11.1 Revisión 3.

PERMISOS INDIVIDUALES PARA OPERADORES DE EQUIPOS DE GAMMAGRAFIA INDUSTRIAL A. OBJETIVO 1. Establecer los requisitos que debe cumplir una persona para obtener y renovar un Permiso Individual.

  1. ALCANCE 2. Esta norma es aplicable a toda persona que solicite un Permiso individual para operar equipos de Gammagrafía Industrial. ( ) La Guía Regulatoria AR 5 contiene recomendaciones generales para facilitar el cumplimiento de los requerimientos incluidos en la presente norma.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JORGE CALVO (DNI 8.372.954) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos --Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios--, sito en Reconquista 250,

Piso 5º, Oficina '502', Capital Federal, en el horario de 10 a 13 hs., a estar a derecho en el Expediente Nº 53.089/02, Sumario Nº 3791, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8º de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declararle su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. -- NANCY V. SCIORRA, Jefe del Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. -LAURA A. BONFIGLIO, Analista Administrativo, Gerencia de Asuntos Contenciosos.

  1. 24/08/2009 Nº 69316/09 v. 28/08/2009 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma BAHIA SEAFOOD S.A. (CUIT Nº 30-70858826-8) y al señor VICTOR MANUEL LACERENZA (CUIL Nº 20-22049706-3), para...

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