Resolución 825/2009

EmisorEnte Nacional Regulador del Gas
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2009

Que dicho dictamen de evaluación continúa indicando que: 'Coforme lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto 436/00 --impugnaciones al Dictamen de Evaluación-- el Expediente estará a disposición de los oferentes para su vista por el plazo de CINCO (5) días a partir de ser notificados.' y que:

'En concordancia con los criterios de selección estipulados en el Art. 23 del Decreto Nº 436/2000, una vez expirado el plazo establecido en el Art. 80 del Decreto 436/2000, y sin haber recibido observaciones ni impugnaciones por parte de los Oferentes al presente Dictamen, la autoridad competente podrá dar por aprobada la adjudicación del presente procedimiento (Conf. art. 82 del Decreto Nº 436/00).'.

Que finalmente a fs. 891 se encuentra glosado el MEMORANDUM GA Nº 257/09 en el que la GERENCIA DE ADMINISTRACION, remite el expediente para el análisis de la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES.

Que debemos recordar que la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros emitió el 23 de julio de 2004 la Circular Nº 15/2004 en la que --entre otras cosas-- refiere a que el dictamen de evaluación podrá ser notificado, a elección de la Administración Pública, por correo electrónico, fax, carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno u otro medio fehaciente o mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL por el término de UN (1) día.

Que en uso de esta facultad, el día 31 de julio de 2009 por correo electrónico se notificó a todos los oferentes el Dictamen de Evaluación de las ofertas (ver constancia de fs. 889 a 890).

Que en mérito a que ha transcurrido el plazo de ley sin que se hayan presentado observaciones y/o impugnaciones al mismo, resulta pertinente el dictado del presente acto administrativo, plasmando las sugerencias indicadas en dicho instrumento evaluativo (cfr. art. 82 del Decreto Nº 436/2000).

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/01 y Decretos Nº 571/07; 1646/07; 953/08;

2138/08 y 616/09.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Adjudicar el Concurso Privado Nº 04/2009 a la empresa CORREO ARGENTINO S.A. cuyo objeto es la contratación del servicio de traslado de bolsines entre la Sede Central del ENARGAS y las Delegaciones y Agencias Regionales. El importe total anual de la contratación ascenderá a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTAY SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 240.886,80) imputándose el gasto en la Partida 3.1.5.

ARTICULO 2º

Notificar a los oferentes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 26/08/2009 Nº 70756/09 v. 26/08/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 825/2009

Bs. As., 13/8/2009

VISTO el Expediente Nº 14.644 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº I/351 del 1º de agosto de 2008 y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución ENARGAS I/761 del 11 de mayo de 2009 (fs. 67 a 102) este Organismo decidió: a) Convocar a Concurso Público Nº 01/09 para la contratación del servicio de las tareas de diseño, fabricación y provisión de Un Millón Quinientos Mil (1.500.000) y Veinte Mil (20.000) Obleas de Habilitación del Equipo Completo de GNC para Automotores y Motocicletas respectivamente según Sub-Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Un Millón Seiscientos Cincuenta Mil (1.650.000) de Cédulas de Identificación (Cédula Celeste) del Equipo para GNC según Sub-Anexo B del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Cincuenta Mil (50.000) de Etiquetas de Identificación del Equipo para GNC (Mercosur) según Sub-Anexo C del Pliego de Bases y Condiciones Particulares del presente procedimiento (art. 1º); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirán en ese procedimiento (art.

  1. ) e c) Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO (5) días de notificada la resolución, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y establezca el lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres, en los términos de dicha normativa (art. 3º).

Que...

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