Resolución 625/2022

Fecha de publicación30 Septiembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-61454410- -APN-DGD#MTR, las Leyes Nros. 20.447, 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), Decretos N° 4780 de fecha 14 de febrero de 1974, N° 253 del 21 de febrero de 1995 y N° 427 del 30 de junio de 2021, las Decisiones Administrativas N° 4 del 15 de enero de 2021 y N° 4 del 5 de enero de 2022, y Resolución N° 616 de fecha 13 de julio de 2018, N° 308 del 2 de septiembre de 2021, del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que, en este sentido, por la Decisión Administrativa N° 4/21 -prorrogada para el Ejercicio 2022 por la Decisión Administrativa N° 4/22- se determina que esta gestión de Gobierno tiene como objetivo prioritario un Plan Nacional del Transporte que incluye consolidar un Sistema de Transporte Multimodal Articulado que disminuya tiempos y costos, evaluar e incrementar la competitividad en puertos y vías navegables para reducir costos logísticos y conectar a las regiones productivas del país.

Que, en materia de transporte fluvial y marítimo, por la Decisión Administrativa N° 4/21 -prorrogada por la Decisión Administrativa N° 4/22 para el Ejercicio 2022- se determina que en el Plan Nacional de Transporte se prevé el fortalecimiento del rol de autoridad nacional en materia portuaria y de transporte fluvio-marítimo, el avance con inversiones en infraestructura portuaria y de las vías navegables, y el impulso de planes, proyectos y programas de seguridad y mejora de la navegación en el canal troncal.

Que, de conformidad con la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), compete al MINISTERIO DE TRANSPORTE entender en la determinación de los objetivos y políticas en materia de transporte, en la supervisión, el fomento y el desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte, en la regulación y coordinación de los sistemas de transporte, y en la coordinación de las tareas de las empresas nacionales que operan en todos los sistemas y modos de transporte; ejecutar los planes, programas y proyectos elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL; ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia; e intervenir en las acciones tendientes a lograr la efectiva integración regional del territorio y en la ejecución de las acciones tendientes a lograr la integración del país con los demás países de la región.

Que el Decreto N° 427/21 otorgó la concesión de la operación para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y el correspondiente control hidrológico de la Vía Navegable Troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del RÍO PARANÁ -punto denominado CONFLUENCIA- hasta la Zona de Aguas...

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