Resolución 6/2022

Fecha de publicación21 Enero 2022
SecciónResoluciones
EmisorREGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES


Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2022

VISTO:

La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario PEN Nº 453/01 de fecha 24 de abril de 2001, Resolución RENATRE N° 0488/2010 sobre aprobación del Estatuto Constitutivo del RENATRE -Texto Ordenado-, Resoluciones RENATRE N° 78 de fecha 19 de abril de 2017, N° 234 de fecha 20 de julio de 2018, N° 66 de fecha 16 de abril de 2019, N° 36 de fecha 26 de febrero de 2020, Resolución RENATRE N° 1 de fecha 6 de enero de 2022, Acta de Directorio N° 107 de fecha 17.12.2021, cuarto intermedio de fecha 29.12.21, Resolución RENATRE N° 63/2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones del sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de las entidades empresarias de la actividad y la asociación de trabajadores rurales con personería gremial con mayor representación nacional.

Que mediante Resolución RENATRE N° 01/2022 se designó al Sr. Roberto Buser DNI 8.546.549 como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) por el periodo comprendido entre el 01.01.2022 al 31.12.2022.

Que dicha función conlleva al ejercicio de las facultades de dirección y administración conforme las atribuciones previstas en el Art. 12 de la ley 25.191, lo dispuesto en el Decreto Reglamentario N° 453/2001 y la Resolución RENATRE N° 0488/2010 -Estatuto Constitutivo- TEXTO ORDENADO.

Que el artículo 14 de la Ley N° 25.191 establece que el empleador rural deberá aportar una contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores del uno y medio por ciento (1,5%) del total de la remuneración abonada a cada trabajador.

Que el artículo 15 de la Ley Nº 25.191 tipifica las infracciones a las obligaciones establecidas en las normas legales, según su gravedad, estableciendo el régimen de sanciones a aplicar para los supuestos de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los empleadores.

Que la Resolución Conjunta M.T.E. y S.S. 379/05 y RENATRE 369/05 (B.O. 26.05.05) estableció el procedimiento para la comprobación y juzgamiento de las infracciones a la Ley 25.191 y sus normas reglamentarias y complementarias.

Que la Resolución RENATRE N° 904/07 (B.O. 07.08.2007), complementa la Resolución Conjunta indicada ut supra, estableciendo el procedimiento para la impugnación de infracciones verificadas (Artículo 15 de la Ley...

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