Resolución 596/2021
Fecha de publicación | 01 Octubre 2021 |
Sección | Asociaciones Sindicales |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2019-03501490- -APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que la asociación sindical FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGÍSTICA Y SERVICIOS, con domicilio en Avenida Caseros N° 921, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la aprobación de su estatuto social conforme la citada Ley N° 23.551, sus modificatorias, y el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 1037 de fecha 17 de noviembre de 1965 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y del citado Decreto, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.
Que teniendo en cuenta que las modificaciones efectuadas alteran sustancialmente la normativa estatutaria, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal corresponde aprobar en forma íntegra el estatuto cuyo control se somete en esta instancia.
Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fue aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.
Que la Secretaría de Trabajo, ha prestado conformidad a la aprobación de la modificación del texto del estatuto social presentado por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGISTICA Y SERVICIOS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las...
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