Resolución 586. RESOL-2019-586-APN-INCAA#MECCYT

Fecha de disposición09 Abril 2019
Fecha de publicación09 Abril 2019
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 586/2019

RESOL-2019-586-APN-INCAA#MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2019

VISTO el EX-2019-15015046-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N°1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N°324 de fecha 8 de mayo de 2017, N° 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016, Nº 951 de fecha 22 de noviembre de 2017 y la Resolución INCAA Nº 602 de fecha 18 de Diciembre de 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a lo establecido en la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001), el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACIÓN, tendrá a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo a las disposiciones que la propia ley establece.

Que la normativa vigente establece la obligación del INCAA de establecer anualmente el costo de una película nacional de presupuesto medio.

Que por Decreto Nº 1346/2016 y su modificatorio Nº 951/2017, el PODER EJECUTIVO NACIONAL procedió a establecer los distintos porcentajes de recaudación impositiva destinados al pago de subsidios correspondientes, los topes de subsidios y porcentajes destinados a reinversión, conforme lo establecido en los artículos 29, 31, 32 y 34 de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001).

Que mediante Resolución INCAA Nº 1/2017 se estableció un Régimen General de Fomento en el que se distinguen TRES (3) modalidades de...

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