Resolución 585/2021

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES


Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2021

Visto el Expediente EX-2021-89444930-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley Nº 22.351, el Decreto Nº 50/2019, la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 actualizada por la Decisión Administrativa Nº 58/2019, la Resolución del Directorio N° 410/2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016, aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que la citada Decisión Administrativa establece que la Dirección Nacional de Uso Público tiene, entre sus objetivos, el de proponer mejoras en la calidad de la oferta turística en las áreas naturales protegidas, proponer campañas de promoción turística que incentiven la visita los Parques Nacionales, y coordinar y supervisar el servicio de información y atención al público.

Que la Dirección de Concesiones, dependiente de la Dirección Nacional de Uso Público, tiene entre sus funciones formular programas y lineamientos para los servicios turísticos al visitante; establecer planes de acción tendientes al proceso integral de otorgamiento de permisos turísticos y adjudicación de concesiones de servicios turísticos; planificar y desarrollar nuevos servicios turísticos al visitante, y establecer estrategias de mejora de calidad para los servicios turísticos.

Que las citadas Direcciones elevaron a consideración de este Directorio un “Programa de Incentivos al Desarrollo Turístico en Áreas Protegidas” que obra como documento IF-2021-105606799-APN-DNUP%APNAC.

Que el programa de incentivos al desarrollo turístico en Áreas Protegidas tiene como objetivo principal incentivar el desarrollo turístico en aquellas Áreas Protegidas que no lograron aún organizar el potencial de servicios turísticos que tienen para ofrecer.

Que el programa cuenta con diferentes etapas para su creación y puesta en funcionamiento entre las que se destacan: etapa de diagnóstico, definición de objetivos, etapa de implementación y etapa de seguimiento.

Que el cronograma de trabajo del programa estipula, inicialmente, la necesidad de determinar al menos un área protegida por región como prueba piloto.

Que la puesta en funcionamiento del programa mencionado podrá servir para identificar y proyectar las condiciones actuales y futuras de las Áreas Protegidas y de su entorno, relevar los prestadores habilitados, relevar el vínculo de las Áreas Protegidas con las zonas aledañas, y, a partir de ello, otorgar incentivos para el...

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