Resolución 369/2009

Fecha de la disposición21 de Mayo de 2009

Que la norma legal citada en primer término modifica el sistema de adjudicación establecido por el artículo 39 de la Ley Nº 22.285, en cuanto a las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia.

Que este COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION dictó la Resolución Nº 16-COMFER/99, por la cual procedió a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirán los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.

Que posteriormente, por Resolución Nº 76-COMFER/99 se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión por modulación de frecuencia en las categorías A, B, C y D y se aprobó el cronograma que fijaba las fechas para las aperturas de los concursos y presentación de solicitudes de adjudicación directa de licencias, respecto de las categorías E, F y G.

Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento concursal para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de CIPOLLETI, provincia de RIO NEGRO, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.

Que dichos extremos se relacionan, en algunos casos, con el cumplimiento de las condiciones fijadas por la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias para acceder a la titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y en otros con las exigencias particulares establecidas para el procedimiento concursal aprobado por Resolución Nº 16-COMFER/99.

Que se ha evaluado el aspecto personal de la propuesta concurrente, practicando un detallado análisis de la misma con relación a las condiciones y requisitos antes citados.

Que de la intervención solicitada a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, surge la situación en la que incurre la oferente, esto es, la de multiplicidad de licencia prevista en el artículo 43 inciso b) de la mentada Ley Nº 22.285 y sus modificatorias, habida cuenta de que la misma firma resulta titular de idéntico servicio en la ciudad de NEUQUEN, provincia del mismo nombre, cuya área se encuentra incluida en el área de servicio estimada del concurso que nos ocupa.

Que por todo lo expuesto, la propuesta en análisis no se adecua a la exigencia legal y reglamentaria establecida por el artículo 43 inciso b) de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

Que la Comisión de Preadjudicación del ente convocante, de conformidad con la competencia que le fuera asignada, evaluó el resultado de los análisis y estudios efectuados, a la luz de los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y de las definiciones que el mismo contiene sobre la admisibilidad e inadmisibilidad de las ofertas.

Que la citada Comisión arribó a la conclusión de que la propuesta formulada por la firma oferente no reúne los requisitos exigidos para que aquélla acceda a la titularidad de la licencia en cuestión, entendiendo procedente su rechazo, por resultar inadmisible.

Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el artículo 4º, inciso

  1. del decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01, en uso de las facultades conferidas por los artículos 95 y 98 de la Ley Nº 22.285 y por el Decreto Nº 520 de fecha 31 de marzo de 2008.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO1º--ApruébanselosactosdelconcursopúblicosustanciadoporelCOMITEFEDERAL DE RADIODIFUSION para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Canal 271,

Categoría D, Frecuencia 102,1 MHz, en la localidad de CIPOLLETI, provincia de RIO NEGRO, en el marco del Régimen de Normalización de estaciones de frecuencia Modulada, establecidos por Decretos Números 1144/96, modificado y complementado por sus similares Números 1260/96, 310/98 y 883/01 respectivamente.

ARTICULO 2º

Desestímase por inadmisible, la propuesta concurrente al concurso público mencionado en el artículo 1º del presente presentada por la firma COMPAT SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 3º

Declárase fracasado el concurso referido en el artículo 1º de la presente.

ARTICULO 4º

Regístrese, publíquese, notifíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic.

JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

  1. 21/05/2009 Nº 42545/09 v. 21/05/2009 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Resolución Nº 368/2009

Bs. As., 14/5/2009

VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 3511.00.0/06, y CONSIDERANDO:

Que las actuaciones mencionadas en el Visto guardan relación con la solicitud formulada por la señora Sofia GONZALES CHAMBLE para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, categoría E, en la localidad de EMBAJADOR MARTINI, provincia de LA PAMPA, en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, implementado por Decretos Nros. 1144/96 --modificado y complementado por sus similares Nros. 1260/96 y 310/98, respectivamente--; 2/99 y 883/01.

Que la SECRETARIA GENERAL de la...

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