Resolución 3394/2009

Fecha de disposición23 Abril 2009
Fecha de publicación23 Abril 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31639

64 S01-0087300/08

RODOLFO FERRARI E HIJOS SACFIA 30-53245081-7

ARISTE DE ESTRUGAMOU S A AGRICOLA GANADERA E INMOBILIARIA 014015430140340000903-6 1.661,27

65 S01-0087300/08

RODOLFO FERRARI E HIJOS SACFIA 23-16846545-9

ARISTEGUI JUAN CARLOS 014033030164410097789-0 4.464,89

66 S01-0087300/08

RODOLFO FERRARI E HIJOS SACFIA 30-63675566-0 DALMON S A 014015430140340000893-4 11.296,87

67 S01-0087300/08

RODOLFO FERRARI E HIJOS SACFIA 30-63757604-2 LOBI#A S A 014015430140340000880-4 32.494,00

68 S01-0087300/08

RODOLFO FERRARI E HIJOS SACFIA 30-53600660-1

T A E S A AGRICOLA GANADERA E INMOBILIARIA 014015430140340000288-2 28.280,04

Nº Expediente Razón Social Acopio Causante Productor de Trigo Monto CUIT Razón Social CBU Nº Expediente Razón Social Acopio Causante Productor de Trigo Monto CUIT Razón Social CBU 78.197,07

69 S01-0259151/08 RUCAMALEN SA 20-12737890-9

CALCAGNO MARIO HUGO 014045040166660030034-7 18.944,34

70 S01-0259151/08 RUCAMALEN SA 30-50992171-3

ESTABLECIMIENTO LA ISLETA S A 014039210166440008592-3 6.609,59

71 S01-0259151/08 RUCAMALEN SA 20-16643645-2

GARNICA JUAN JOSE 014031120166540047029-8 4.406,40

72 S01-0259151/08 RUCAMALEN SA 30-57694551-1

GUIDO C CARATTI E HIJOS S R L 014031120166540032443-4 5.428,99

35.389,32

73 S01-0394814/07 SIAGRO SRL 30-70713376-3 COSQUI S A 014035320161300112523-1 5.284,52

5.284,52

Total 634.235,34 Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS Resolución 3394/2009

Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del entonces Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 20/4/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0034389/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que por Resolución Nº 378 de fecha 17 de enero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 674 de fecha 24 de enero de 2007, 11 de fecha 9 de marzo de 2007, 339 de fecha 10 de abril de 2007 y 3043 de fecha 21 de agosto de 2008, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la citada Resolución Nº 9/07.

Que la referida Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias, fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.

Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.

Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los productores de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 24, 67, 113, 134, 151 y 166.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 195.

Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de productores de trigo.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 196/198, que no han merecido observaciones.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores de trigo que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS QUINIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NUEVE CON TREINTAY DOS CENTAVOS ($ 503.309,32), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NUEVE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 503.309,32).

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Emilio Eyras.

ANEXO Nº Expediente Razón Social Molino Causante Productor de Trigo Monto CUIT Razón Social CBU 1 30040syf5 CABANELLAS Y CIA S A C I 30-70898245-4 AGROPECUARIA LA ESTHER SA 388087733000002902035-2 1.734,00

2 30040syf5 CABANELLAS Y CIA S A C I 33-70786945-9 ALBERTO, ERALDO Y OSVALDO 191037415503740007889-6 1.750,49

3 31271sail CABANELLAS Y CIA S A C I 33-70786945-9 ALBERTO, ERALDO Y OSVALDO 191037415503740007889-6 10.481,49

4 31271sail CABANELLAS Y CIA S A C I 20-05269071-5 BOSCHETTO ANGEL LUIS 007011182000000136660-2 3.162,29

5 30040syf5 CABANELLAS Y CIA S A C I 30-61536515-3 CAMURRI HERMANOS 388088583000003127903-8 3.366,00

6 17519kn6c CABANELLAS Y CIA S A C I 33-66897299-9 EL TALA SOCIEDAD CIVIL 072033412000000005302-2 3.570,00

7 31271sail CABANELLAS Y CIA S A C I 33-66897299-9 EL TALA SOCIEDAD CIVIL 072033412000000005302-2 94,01

8 30040syf5 CABANELLAS Y CIA S A C I 30-70035689-9 LA CAROLINA AGROPECUARIA S R L 285039343000000002783-7 2.898,50

9 17519kn6c CABANELLAS Y CIA S A C I 30-66897282-5 LOS SAUCES SOC CIVIL 072033412000000005203-6 3.570,00

10 31271sail CABANELLAS Y CIA S A C I 30-66897282-5 LOS SAUCES SOC CIVIL 072033412000000005203-6 138,04

11 30040syf5 CABANELLAS Y CIA S A C I 20-10713047-1 MARCHISONE JOSE BAUTISTA...

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