Resolución 564/2021

Fecha de publicación29 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS


Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-98629324-APN-DA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas ha establecido el rotulado obligatorio de la semilla que se comercialice como uno de los medios para lograr semillas de alta calidad como factor básico para una agricultura eficiente, capaz de satisfacer las crecientes demandas de alimentos y de otros productos derivados.

Que dentro del circuito de la semilla autógama es importante que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, supervise la entrega de ésta a sus usuarios finales.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS tiene la obligación de velar por la convivencia de las diferentes producciones agrícolas, disponiendo, en la medida de su competencia, los medios que permitan armonizar dichas producciones.

Que para ello resulta necesario contar con información de calidad y en tiempo oportuno, en este caso, referida a la entrega de la semilla a su usuario en los términos del Artículo 9° de la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas y que el usuario se comprometa expresamente a cumplir las buenas prácticas agrícolas y la normativa aplicable.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar la presente conforme las facultades que surgen del Artículo 15 de la Ley Nº 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas y el Artículo 6°, incisos d) y f) del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE VENTA DE SEMILLAS en el ámbito de la Dirección de Fiscalización, dependiente de la Dirección Nacional de Articulación Federal del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, que recibirá y administrará la información correspondiente a la entrega final de semillas a un productor agrícola.

ARTÍCULO 2°.- Quedarán incluidas en el mencionado Sistema de Información únicamente las especies o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR