Resolución 56. RESFC-2019-56-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

EmisorEnte Nacional Regulador del Gas
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2019

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 56/2019

RESFC-2019-56-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2019

VISTO el Expediente N.º 14.635 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N.º 24.076, su Decreto Reglamentario N.º 1738/92, la Resolución ENARGAS N.º 138/95, la Resolución ENARGAS N.º 2604/02; y, CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENARGAS N.º 138 del 17 de marzo de 1995 se aprobaron las condiciones generales para la acreditación de Organismos de Certificación de artefactos y sus accesorios que funcionen con gas natural, con gas licuado de petróleo por redes, gas natural comprimido (GNC) y tuberías plásticas.

Que a través de la citada Resolución se habilitó el Registro de Organismos Certificantes (ROC).

Que asimismo, en su artículo 2º se previó que el Directorio del ENARGAS actualizaría la normativa conforme las observaciones que efectuasen los sujetos de la industria del gas.

Que la Resolución ENARGAS N.º 138/95 consta de cinco Anexos, a saber: Anexo I "Condiciones generales para la acreditación de Organismos de Certificación para artefactos y accesorios de gas natural, gas licuado de petróleo por redes, gas natural comprimido (GNC) y tuberías plásticas", Anexo II "Tareas de certificación \u2013 especificaciones", Anexo III "Régimen de auditoría y penalidades para Organismos de Certificación", Anexo IV "Logotipo de identificación de elementos aprobados", y por último, Anexo V "Información mínima que deberán poseer los certificados".

Que teniendo en cuenta los avances en materia de certificación, la experiencia recogida de la aplicación de la norma citada precedentemente durante más de veinte años y las reuniones llevadas a cabo con los sectores involucrados en el tema y rondas de consultas, se elaboró un documento preliminar utilizado como base para la actualización de los Anexos I a V de la Resolución ENARGAS N.º 138/95.

Que dicha actualización procura ampliar el espectro de los Organismos de Certificación a inscribirse en el ROC y...

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