Resolución 690/2009

Fecha de disposición31 Marzo 2009
Fecha de publicación31 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31625
ARTICULO 8º

Operado el vencimiento de las matrículas otorgadas a la firma, FLISAM S.R.L.

quedará automáticamente inhabilitada para operar en la/s actividad/es para la/s cual/es fue autorizada, sin necesidad de previa notificación por parte de este Organismo.

ARTICULO 9º

En la ocurrencia de los casos citados precedentemente, FLISAM S.R.L. estará obligada a mantener y acreditar ante el ENARGAS, la vigencia del Seguro de Responsabilidad Civil y el de Caución durante el tiempo de vigencia de su última operación efectuada.

ARTICULO 10 Regístrese por SECRETARIA; notifíquese a la firma FLISAM S.R.L., publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Ing

ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 31/03/2009 Nº 21829/09 v. 31/03/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 690/2009

Bs. As., 17/3/2009

VISTO que con fecha 17 de marzo de 1995, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (en adelante, ENARGAS) ha dictado la Resolución Nº 139/95 (BO: 28/3/95), y CONSIDERANDO:

Que en el Expediente ENARGAS Nº 8070, se tramita la solicitud incoada por KIOSHI COMPRESION S.A. para ser reinscripta como FABRICANTE DE CILINDROS PARA GNC (FAB) en el respectivo Registro de Matrículas Habilitantes creado por la Resolución antes citada.

Que a tenor de lo expuesto en el Informe de la Gerencia de GNC Nº 117/09 (fs. 727/728), y la Gerencia de Desempeño y Economía Nº 37/09 (fs. 709/710), se concluye que la postulante aportó la información técnica, contable y administrativa correspondiente a esa firma y a su representante técnico, conforme los requisitos establecidos por el ENARGAS a este efecto.

Que acorde con lo concluido en los Informes de Seguros emitidos por la Gerencia de GNC (fs. 528 y fs. 712), esta Autoridad Regulatoria entiende que las pólizas exhibidas por KIOSHI COMPRESION S.A. resultan satisfactorias, por lo que se determina que esa firma ha otorgado debido cumplimiento a la presentación de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil en los términos de la Resolución ENARGAS Nº 591/98, y de las garantías patrimoniales establecidas en la Resolución ENARGAS Nº 2592/02 y su modificatoria, la Resolución ENARGAS Nº 2771/02.

Que conforme el Dictamen Jurídico de la Gerencia de Asuntos Legales Nº 172/09 (fs. 729), y en concordancia con lo establecido en la Resolución ENARGAS Nº 139/95 y la normativa vigente para la actividad, es posible concluir que KIOSHI COMPRESION S.A. ha dado total cumplimiento a los requisitos para su reinscripción en el Registro de Matrículas Habilitantes, por lo que se encuentra en condiciones de ser autorizada a operar como FABRICANTE DE CILINDROS PARA GNC (FAB).

Que el Interventor del ENARGAS se encuentra facultado para emitir este acto en...

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