Resolución 518/2019

Fecha de publicación05 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2019

VISTO el Expediente EX-2019-100213488- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, Nº 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Convenio Marco de Cooperación entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DELESTADO de fecha 20 de marzo de 2017,el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que a través de las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita la presentación efectuada por la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE EZEIZA, tendiente a obtener un permiso de uso precario y gratuito de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en Alfonsina Storni (MBK De Comercio), de la Localidad JOSÉ MARIA EZEIZA, Partido de EZEIZA, Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido: 130 Circunscripción: II Sección: H Manzana: 23, vinculado al CIE N° 00600027409/3 y que cuenta con una superficie aproximada de MIL CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS CON QUINCE DECIMENTRO (1.170,15 m2), según se detalla en el croquis PLANO-2019-105565671-APN-DNSRYI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la solicitud mencionada tiene por objeto regularizar el estado de ocupación que actualmente ostenta la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE EZEIZA y ampliarlo a los locales desocupados aledaños.

Que el inmueble solicitado se halla en jurisdicción del AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, conforme surge de los informes técnicos practicados por esta Agencia.

Que conforme surge de la constatación practicada, la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE EZEIZA utiliza el BLOQUE CENTRAL tanto PLANTA BAJA y PLANTA ALTA y un SUB SUELO. Con respecto a los locales comerciales la mayoría se encuentran en uso y algunos cerrados que serían usados como depósitos. Además, existen volúmenes adicionados a la construcción original ubicados en los patios vinculados con algunos locales, en general usados como depósitos.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, modificado por la Ley N° 27.431, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el Órgano Rector, centralizador de toda actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado Nacional...

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