Resolución 2/2009

Fecha de publicación19 Enero 2009
Fecha de disposición19 Enero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31575

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 52 de la Ley Nº 24.076 se asignó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las funciones de regulación y control de la Industria del Gas.

Que por Decreto Nº 1539 de fecha 19 de septiembre de 2008, se aprobó la Reglamentación de los Artículos 44, 45 y 46 de la Ley Nº 26.020 y se creó el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado.

Que por el Acuerdo suscripto, que complementa el aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 599 de fecha 13 de junio de 2007, se convino con los productores de gas natural, una reestructuración de precios de gas en boca de pozo.

Que mediante el mismo se acordó que los productores de gas natural realicen un aporte al Fondo Fiduciario creado por la Ley Nº 26.020, con el fin de que el precio de las garrafas para uso domiciliario de DIEZ KILOGRAMOS (10 kg), DOCE KILOGRAMOS (12 kg) y QUINCE KILOGRAMOS (15 kg), se oferten a un precio diferencial menor, para aquellos consumidores residenciales de Gas Licuado de Petróleo de bajos recursos.

Que se le asignó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la función de control y fiscalización del mencionado Fondo Fiduciario.

Que la nueva actividad, obliga a la creación de una Unidad de Fiscalización y Control Técnico, implicando incorporar profesionales especializados.

Que el crédito vigente en el Inciso 1 Gastos en Personal, resulta insuficiente para afrontar la nueva tarea encomendada.

Que corresponde destinar al TESORO NACIONAL el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de los mayores recursos que se incorporan al presupuesto conforme lo establecido en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.337.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 modificada por la Ley Nº 26.124 y el Artículo 9º de la Ley Nº 26.337.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, en la parte correspondiente al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas que como Anexo forman parte integrante del presente artículo.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Carlos R. Fernández.

NOTA:ElAnexonosepublica.Ladocumentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.575 8

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:

Artículo 1º

Sustitúyanse los anexos I y II de la Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pública Nº 58 de fecha 21 de noviembre de 2006 por los anexos I y II que por el artículo 2º de la presente se aprueban.

Art. 2º

Apruébanse la Fundamentación, Objetivos y Lineamientos Básicos y el Reglamento del Programa de Formación para las Carreras de Estado que como Anexos I y II, respectivamente, integran la presente Resolución.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Abal Medina.

ANEXO I FUNDAMENTACION, OBJETIVOS Y LINEAMIENTOS BASICOS DEL PROGRAMA DE FORMACION PARA LAS CARRERAS DE ESTADO I.- FUNDAMENTACION La ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ha incorporado la equidad y el desarrollo de capacidades del personal público para promover la profesionalización de los recursos humanos de la administración pública mediante la formación continua, como núcleo estratégico de sus orientaciones de política. De esta forma, estima lograr una mayor eficacia en la aplicación de las políticas públicas y la optimización del servicio brindado a la ciudadanía en los distintos organismos que componen el ESTADO NACIONAL.

El Convenio Colectivo de Trabajo General de la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto Nº 214/06, establece que la capacitación tendrá como objetivo asegurar la formación, el desarrollo y el perfeccionamiento de las competencias laborales del personal con el fin de elevar su profesionalización y facilitar el acceso a las nuevas tecnologías de gestión, de acuerdo con las prioridades que el Estado empleador defina en el marco de sus atribuciones de formulación, acreditación, certificación y evaluación de las actividades de capacitación. Además, la planificación de la capacitación pasa a ser obligatoria para las instituciones del Estado.

A partir de estos antecedentes, y en el marco de las distintas acciones comprendidas en el plan de formación continua y permanente del personal de la Administración Pública Nacional orientado al servicio público, que promueve la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA, a través del Instituto Nacional de la Administración Pública se organiza el Programa de Formación para las Carreras de Estado, sujeto a los lineamientos y supervisión de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO.

El Programa de Formación para las Carreras de Estado comprende un conjunto de carreras impartidas directamente por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por los Centros de Formación del Sistema Nacional de Capacitación homologados por la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública. El propósito general de las Carreras de Estado es la capacitación especializada con orientación profesional en materias vinculadas al ejercicio de funciones propias de la administración pública. Dentro de este marco, el objetivo específico del Programa es capacitar en los conocimientos, tecnologías y principios requeridos para elevar los niveles de desempeño de la función pública para abordar los problemas de la sociedad, contribuir efectivamente al logro de un mayor bienestar colectivo y mejorar la calidad en el proceso de elaboración, ejecución y evaluación de políticas públicas en los distintos ámbitos de la actuación estatal.

El Programa está destinado prioritariamente al personal que mantenga relación de empleo con la administración pública y que satisfaga los requisitos de acceso que en cada caso se determinen.

El Programa de Formación para las Carreras de Estado se organiza a partir de carreras con formato de Especialización o Diplomado alternativamente impartidas por el INAP, dictadas por los Centros de Formación homologados, reconocidas e incorporadas por Resolución de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública. Cada una de ellas puede dar lugar a distintas orientaciones de formación indispensables para el ejercicio de la función pública en el nivel directivo, profesional y administrativo. Las orientaciones se organizarán progresivamente mediante la convergencia de esfuerzos con otras instituciones del Estado que tienen responsabilidad tanto en áreas de política pública como en sistemas transversales de gestión. Las carreras estarán articuladas, asimismo, con otros programas de formación académica universitaria o dictados por asociaciones profesionales, mediante convenios, y el proceso de acreditación aplicado por el INAP.

Las Especializaciones están dirigidas prioritariamente a los cargos de dirección inmediatamente subordinados a los altos cargos de responsabilidad política gubernamental, cuya función es conducir y coordinar, bajo la orientación estratégica y el control de éstos, las estructuras y procesos mediante los cuales se implementan las políticas públicas y se producen y proveen los servicios públicos, o realicen actividades de asesoramiento profesional.

Los Diplomados están orientados al personal que desempeña funciones profesionales, técnicas o de supervisión en cualquiera de las fases del ciclo de gestión de las políticas públicas y que cuenta con suficiente experiencia en servicio para consolidar a partir de ella una formación de nivel superior.

Tanto las Especializaciones como los Diplomados procuran dar respuesta a las necesidades de formación desde una perspectiva multidisplicinaria, contribuyendo al desarrollo de conocimientos, actitudes y valores para conjugar la profesionalización de la carrera administrativa con las demandas sociales, y fortaleciendo las competencias del personal público para asumir responsabilidades en el proceso de modernización del Estado.

  1. OBJETIVOS El Programa de Formación para las Carreras de Estado se propone formar personal de la administración pública para el ejercicio de la función directiva, profesional, y técnica en los niveles superior e intermedio de las organizaciones públicas, en procura de los siguientes objetivos:

    1. Afianzar la comprensión del contexto internacional y nacional en el que se insertan las responsabilidades del servicio público.

    2. Presentar la agenda de gobierno e involucrar al personal público en el proceso de planificación...

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