Resolución 51-E.

Fecha de disposición27 Abril 2017
Fecha de publicación27 Abril 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Internacional
SecciónResoluciones

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 51-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2017

VISTO el Expediente N° S02:0006007/2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio, la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.871, el Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010 y la Resolución N° 1331 del 22 de julio de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, dispone entre las competencias de este Ministerio la de entender en la elaboración y aplicación de las normas que rijan lo inherente a migraciones internas y externas.

Que la Ley de Migraciones N° 25.871 y sus modificatorias regula la admisión, ingreso, permanencia y egreso de personas al país.

Que el inciso i) del artículo 3° de la ley citada en el considerando anterior establece como objetivos de la misma, el de facilitar la entrada de visitantes a la República Argentina para los propósitos de impulsar el comercio, el turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las relaciones internacionales.

Que por Resolución N° 1331 del 22 de julio de 1998 de este Ministerio, la República Argentina eximió del requisito de visación consular a los nacionales de la República de Sudáfrica, titulares de pasaporte ordinario vigente, cuando su ingreso al país fuera por motivos de turismo, negocios, inversiones o estudios de mercado.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha solicitado a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en el ámbito de sus atribuciones, el dictado de una medida unilateral propiciando la exención del requisito consular de solicitud de visado con anterioridad al ingreso a la República Argentina de los titulares de pasaportes ordinarios sudafricanos en honor al principio de reciprocidad, independientemente de la actividad transitoria que deseen realizar en el país, siempre y cuando las mismas fueran no remuneradas y sin finalidad de lucro alguno.

Que es voluntad de la República Argentina enriquecer las relaciones bilaterales con la República de Sudáfrica.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención que les...

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