Resolución 504/2022

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE


Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-54245015- -APN-DGAYF#MAD, la Constitución Nacional, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992, y sus modificatorias), la Ley General de Ambiente N° 25.675 de fecha 27 de noviembre de 2002, la Ley N° 25.831 sobre el Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, de fecha 7 de enero de 2004, el Decreto Nº 504 del 22 de julio de 2019, el Decreto Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, la Resolución RESOL-2019-192-APN-SECCYMA#SGP de fecha 4 de julio de 2019, la Decisión Administrativa N° 928 del 21 de septiembre de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su artículo 41 el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado apto para el desarrollo humano, y para que actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones futuras.

Que el mismo articulo establece que las autoridades proveerán a la protección de este derecho por ende a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección.

Que en concordancia con esas premisas, la Ley N° 25.675 establece en sus artículos 2°, inciso i) organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma; 8°, los instrumentos de la política y gestión ambiental y el 16° por el que se determina que las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, deberán proporcionar información relacionada con la calidad ambiental y referida a las activados que desarrollen.

Que la Ley N° 25.831, determina el régimen de libre acceso a la información pública ambiental, mediante presupuestos mínimos y a su vez regula los sujetos obligados siendo estos el Estado, en tanto la información se encontrare en su poder, entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios, públicas, privadas o mixtas.

Que en este marco resulta necesario e imperativo contar con un LISTADO NACIONAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS EXISTENTES, RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS, actualizado, con el objetivo de llevar un adecuado registro de la totalidad de las sustancias químicas presentes en nuestro país y de las restricciones que las afecten, facilitando la aplicación de la normativa nacional y el cumplimiento de los compromisos ambientales internacionales asumidos.

Que el Decreto Nº 504/2019 crea la Mesa Interministerial de Sustancias y Productos Químicos, cuya función es coordinar acciones entre las...

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