Resolución 472/2014

Fecha de la disposición24 de Octubre de 2014



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 472/2014Bs. As., 24/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0366555/2005 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto-Ley Nº 6.704 del 12 de agosto de 1963, el Decreto Nº 1.297 del 14 de mayo de 1975, las Resoluciones Nros. 202 del 1° de abril de 1992 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, 38 del 3 de febrero de 2012 y 416 del 21 de mayo de 2013, ambas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL; 515 del 16 de noviembre de 2001, 601 del 28 de diciembre de 2001, 784 del 8 de octubre de 2009, 876 del 20 de noviembre de 2009 y 299 del 26 de junio de 2013, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Disposición Nº 2 del 16 de enero de 2014 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que las plagas Anastrepha fraterculus y Ceratitis capitata son plagas cuarentenarias presentes en la REPUBLICA ARGENTINA, según el listado aprobado por la Resolución Nº 202 del 1° de abril de 1992 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM), aprobado por la Resolución Nº 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, establece las acciones protectoras tendientes al control y erradicación de las mencionadas plagas en las distintas zonas del país.

Que la normativa vigente en la materia regula la realización de distintas acciones tendientes a impedir el ingreso a las áreas protegidas por mosca de los frutos del país, de frutos hospedantes con larvas vivas de las citadas plagas, acciones que se realizan fundamentalmente en cámaras de fumigación o en cámaras de frío.

Que, como resultado de ello, la Región Patagónica ha logrado el estatus de área libre de Ceratitis capitata y Anastrepha fraterculus.

Que, por su parte, la Provincia de MENDOZA ha logrado el estatus de área libre de Anastrepha fraterculus en toda la provincia, el estatus de libre de Ceratitis capitata en los oasis centro y sur, y el estatus de escasa prevalencia de Ceratitis capitata en los oasis norte y este.

Que en las regiones productoras de frutos hospedantes con los que se abastece, entre otras, a las áreas libres o de escasa prevalencia, se viene generado un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR