Resolución 451/2019

Fecha de publicación10 Septiembre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2019

VISTO el EX-2018-42190772-APN-DGD#MT del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que las empresas NEWSAN SOCIEDAD ANÓNIMA, NOBLEX ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y ELECTRONIC SYSTEM SOCIEDAD ANÓNIMA celebran dos acuerdos directos con la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, obrante en los órdenes N° 3 y 10 del EX-2018-42190772-APN-DGD#MT, ratificados en el orden N° 12 del mismo expediente en donde solicitan su homologación.

Que en los mentados acuerdos los agentes negociadores convienen prorrogar el plazo de la suspensión en los términos del Artículo 223 Bis de la Ley N° 20.744, pactada oportunamente en el Expediente N° 1.798.623/18.

Que cabe indicar que el listado de personal afectado se encuentra en el orden N° 11 del EX-2018-42190772-APN-DGD#MT.

Que en relación a ello, cabe señalar que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que imponen la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el Acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos el acuerdo de marras.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo suscripto entre las empresas NEWSAN SOCIEDAD ANÓNIMA, NOBLEX ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y ELECTRONIC SYSTEM SOCIEDAD ANÓNIMA y la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA...

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