Resolución 444/2021

Fecha de publicación30 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2021

VISTO el Expediente EX-2020-87399901- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros. 22.520 (Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92), 24.013 y 27.541 y sus respectivas normas modificatorias, reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021, N° 260 del 12 de marzo de 2020, la Resolución N° 938 del 12 de noviembre de 2020, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1059 del 15 de diciembre de 2020, N° 52 del 2 de febrero de 2021, N° 57 del 5 de febrero de 2021, N° 96 de 26 de febrero de 2021, N° 177 de 30 de marzo de 2021, N° 198 de 16 de abril de 2021, N° 201 de 19 de abril de 2021, N° 211 de 23 de abril de 2021, N° 2266 de 21 de mayo de 2021, N° 267 de 21 de mayo de 2021, N° 341 de 17 de junio de 2021, N° 344 de 22 de junio de 2021, N° 387 del 8 de julio de 2021, Resolución General conjunta de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 5005 de 4 de junio de 2021, la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley N° 27.541 declaró la emergencia pública en materia sanitaria económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Que por el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió por el plazo de UN (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley Nº 27.541.

Que en el marco de dicha situación, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, mediante Resolución N° 938 del 12 de noviembre de 2020, creó el “Programa REPRO II” el cual consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a trabajadores y trabajadoras a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y empleadoras adheridos al Programa.

Que por el artículo 2° de la Resolución precitada, se estableció monto, duración, alcance y requisitos del “Programa REPRO II”. Que mediante el artículo 7° de la Resolución N° 938/20, se crea el Comité de Seguimiento del “Programa REPRO II” y se designan sus facultades.

Que dicho comité estará conformado por miembros de los MINISTERIOS DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1059 del 15 de diciembre de 2020 se ha integrado el Comité de Seguimiento del “Programa REPRO II”.

Que mediante Resolución N° 52 del 2 de...

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