Resolución 6354/2008

Fecha de la disposición30 de Octubre de 2008

ANEXO PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE TRIGO PERIODO 2008

Expediente Razón Social C.U.I.T. CBU julio agosto 1 S01-0074879/2008 MORIXE HNOS. S.A.C.I. 30-52534638-9 017012472000000794896-1 1.278.282,80

2 S01-0057240/2008 S.A. MOLINOS FENIX 30-52791349-3 011056432005640014850-5 4.079.822,99

3 S01-0078028/2008

ANDRES LAGOMARSINO E HIJOS S.A.

30-54171633-1 285054043000032536501-4 6.894.604,06

4 S01-0070046/2008 MOLINO GUGLIELMETTI S.A.C.I.A. 30-54025077-0 017012472000000794971-1 1.183.494,00

5 S01-0067986/2008 MOLINOS FLORENCIA S.A. 33-52830590-9 020034580100000021012-9 5.492.519,89

7 S01-0064155/2008 ERNESTO C. BOERO S.A. 30-53753661-2 011037392003730000285-6 864.507,70 866.577,54

8 S01-0148197/2008 FY A BASILE S.A.I.C.E.I. 30-50076581-6 191014245501420002096-4 1.151.859,70

9 S01-0064803/2008 PASEJES S.A. 30-70965491-4 007019722000000152281-5 548.776,89 141.332,42

10 S01-0043442/2008 S.A.C.I. FRANCISCO CORES LTDA. 30-52777055-2 007005282000000000485-3 81.294,80

11 S01-0068169/2008 FORTUNATO TASSARA S.A. 33-52779785-9 007009792000000000176-2 1.594.397,52

12 S01-0070938/2008 O.S. S.A. 30-70839662-8 011044422004440101696-3 671.865,27

14 S01-0053847/2008 MOLINO CENTRAL NORTE S.A. 30-53598741-2 007099902000005433120-0 1.309.686,24

15 S01-0106871/2008 MOLINO MATILDE S.A. 30-54193402-9 285035523000006095701-5 1.178.110,75

16 S01-0133325/2008 MOLINOS M.B. S.A. 30-70869989-2 007019722000000216922-4 593.233,59

17 S01-0090779/2008

MOLINO HARINERO EL SUREÑO S.R.L.

33-63637117-9 007010572000000077353-5 615.434,30

TOTAL 28.545.800,46 Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario MOLINOS HARINEROS Resolución 6353/2008

Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 27/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0434785/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que mediante Resolución Nº 378 de fecha 17 de enero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 674 de fecha 24 de enero de 2007, 11 de fecha 9 de marzo de 2007, 339 de fecha 10 de abril de 2007 y 3043 de fecha 21 de agosto de 2008, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la citada Resolución Nº 9/07.

Que la referida Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias, fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.

Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.

Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los molinos harineros, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 378/07 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 2, 22, 43, 80, 122, 172, 190 y 252.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 1, 21, 42, 49, 121, 171, 189 y 251.

Que se ha cumplimentado con la presentación de la documentación necesaria a los fines de resultar acreedores del beneficio de compensación con posterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, acompañándose en consecuencia las respectivas notas emitidas por el Secretario de Comercio Interior del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION obrantes a fojas 20, 40, 76, 108, 119, 163, 169, 187, 241, 249 y 269, correspondiendo en tal sentido, el otorgamiento de las compensaciones oportunamente solicitadas.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 277, que no han merecido observaciones.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran...

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