Resolución 13/2008

Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2008

Apruébanse modificaciones a contratos suscriptos en los términos del Decreto Nº 1184/01.

Bs. As., 25/9/2008

VISTO el Expediente Nº 7146/08 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, los Decretos Nros.

1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Resolución Nº 100 de fecha 30 de enero de 2008 del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491/02 estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02 estableció que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

Que el Decreto Nº 577/03 y su modificatorio estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100) y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique algunas de las condiciones pactadas en el contrato originario.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de modificaciones de contratos de personal, en la órbita de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objeto de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas, siendo que los mismos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en cada caso.

Que los consultores propuestos para modificar su contratación prestan servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Decreto Nº 1184/01, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 100/08 del MINISTERIO DE EDUCACION, por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del...

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