Resolución 66/2008
Emisor | Servicio Nacional de Rehabilitacion |
Fecha de la disposición | 4 de Septiembre de 2008 |
Que en esta ADMINISTRACION NACIONAL se aplica el Reglamento de Personal y Régimen Disciplinario, aprobado por Resolución D.E. - A Nº 93 de 25 de febrero de 1993.
Que mediante Dictamen Nº 36.638 la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia no encontrando objeciones legales que formular.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, y artículo 36 de la Ley Nº 24.241.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:
Apruébanse las POLITICAS DE CONTROL INTERNO PARA TECNOLOGIA DE LA INFORMACION de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), definidas en los Anexos I a XVII, los cuales integran y forman parte de la presente.
La Unidad de Auditoría Interna incluirá en sus informes el resultado de la verificación del cumplimiento de estas Políticas, como así también de las normas y procedimientos que surjan de ellas.
Las políticas mencionadas en el Artículo 1º de la presente, resultan de cumplimiento obligatorio para los agentes de ANSES y para toda otra persona vinculada al Organismo.
El incumplimiento de la presente, será sancionado de conformidad con el Reglamento de Personal y Régimen Disciplinario de ANSES, aprobado mediante la Resolución D.E.- A Nº 93 de fecha 25 de febrero de 1993 o la norma que lo sustituya.
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. -- Amado Boudou.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos.
La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Nº 31.482 21
Nº de la localidad de Estación Angel Gallardo --Departamento La Capital--, de la Asociación Civil Comunidad Terapéutica de Ayuda a Niños Especiales (C.U.I.T. 30-68202338-0), la categoría 'A', como Prestador de Servicios del Sistema Unico de Prestaciones Básicas para personas con Discapacidad, en las siguientes modalidades a saber:
- Hogar con Centro de Día: con jornada doble y alojamiento permanente de asistencia, por haber obtenido un 90,71% del puntaje máximo requerido para esa modalidad;
- Rogar en Alojamiento Permanente de Asistencia: por haber obtenido un 95,10% del puntaje máximo requerido para esa modalidad;
- Centro de Día: con jornada doble de asistencia, por haber obtenido un 85,81% del puntaje máximo requerido para esa modalidad.
Otórgase al establecimiento mencionado precedentemente un cupo máximo de 20 (veinte) concurrentes en la modalidad Centro de Día o en la modalidad Hogar en Alojamiento Permanente de Asistencia, simultáneamente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO, Ministro de Salud. --Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, a/c Dirección de Promoción.
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y PROMOCION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN Resolución 77/2008
12/6/2008
Hacer lugar al recurso de Reconsideración planteado por el Centro Educativo Terapéutico 'IN MANUS'.
Dejar sin efecto la Resolución Nº 034-DPD-08.
Mantener la inscripción de la Institución 'IN MANUS' en la modalidad prestacional Centro Educativo Terapéutico con un cupo de 15 concurrentes en Jornada Simple, incorporando la modalidad de Apoyo a la Integración Escolar.
Que la citada Institución fue oportunamente categorizada por PAMI.
Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Lic. SANDRA MILAGROS LIRIO, Directora de la Dirección para Personas con Discapacidad,
Ministerio de Desarrollo Humano...
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