Resolución Nº 12/GCABA/ASINF/13
Firmantes | Gazzaneo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de Sistemas de Información |
Fecha de la disposición | 29 de Enero de 2013 |
VISTO:
La Ley N° 70, la Ley N° 4.471, Ley N° 2.689, el Decreto N° 2/GCABA/2.013, el 2013-
00236424-MGEYA-ASINF, y
CONSIDERANDO:
Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación
presupuestaria detallada en el Requerimiento N° 181/SIGAF/2.013 cuya finalidad es
contar con crédito suficiente para la reasignación de créditos al ejercicio 2013 de la
contratación de Nodos (Expediente Nro. 618.403-2011), la contratación de Sistema
Sigoa (Expediente Nro. 2.050.873-2011), para las solicitudes de equipos de telefonía
celular para la Dirección General de Gobierno Electrónico (EE-2013-00220404-
MGEYA-ASINF) y para la Dirección General de Integración de Sistemas (EE-2012-
07669772-MGEYA-ASINF);
Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la
Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la
normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley N° 2.689);
Que por otro lado, la Ley N° 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2° párrafo que
"Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo,
pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración
Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos
dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires";
Que por medio de la Ley N° 4.471 se fijaron los gastos corrientes y de capital del
presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para el ejercicio 2.013;
Que así por Decreto N° 2-13, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.013", estableciendo en el artículo
9° del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán
de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de
ese anexo;
Que el Requerimiento N° 181/SIGAF/2.013 se encuentra en estado "Pendiente
OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el
Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);
Que en virtud de ello...
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