Resolución Nº 12/GCABA/ASINF/13

FirmantesGazzaneo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de Sistemas de Información
Fecha de la disposición29 de Enero de 2013

VISTO:

La Ley N° 70, la Ley N° 4.471, Ley N° 2.689, el Decreto N° 2/GCABA/2.013, el 2013-

00236424-MGEYA-ASINF, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación

presupuestaria detallada en el Requerimiento N° 181/SIGAF/2.013 cuya finalidad es

contar con crédito suficiente para la reasignación de créditos al ejercicio 2013 de la

contratación de Nodos (Expediente Nro. 618.403-2011), la contratación de Sistema

Sigoa (Expediente Nro. 2.050.873-2011), para las solicitudes de equipos de telefonía

celular para la Dirección General de Gobierno Electrónico (EE-2013-00220404-

MGEYA-ASINF) y para la Dirección General de Integración de Sistemas (EE-2012-

07669772-MGEYA-ASINF);

Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la

Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la

normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley N° 2.689);

Que por otro lado, la Ley N° 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2° párrafo que

"Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo,

pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración

Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos

dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires";

Que por medio de la Ley N° 4.471 se fijaron los gastos corrientes y de capital del

presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires para el ejercicio 2.013;

Que así por Decreto N° 2-13, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y

Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.013", estableciendo en el artículo

9° del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán

de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de

ese anexo;

Que el Requerimiento N° 181/SIGAF/2.013 se encuentra en estado "Pendiente

OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el

Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que en virtud de ello...

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