Resolución Nº 8/GCABA/SSDEP/13

FirmantesIrarrazaval
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Deportes
Fecha de la disposición10 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N.° 8/SSDEP/13

Buenos Aires, 10 de enero de 2013

VISTO:

la Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11, la Ley N° 1624 y sus modificatorias la Ley N°

3.218 y la Ley N° 4.059, el Decreto Reglamentario N° 1.416/07, la Ley N° 1.807, la

Resolución N° 48/SSDEP/08, la Resolución N° 50/SSDEP/10, el Expediente N°

1.065.926/12, el Expediente N° 1.690.138/12, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley del Deporte N° 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y

coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel

comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución N° 239/SSDEP/11 la entidad CÍRCULO APOLO MACHAIN

SAAVEDRA recibió un subsidio destinado a la impermeabilización del techo del salón

de usos múltiples, arreglo de los vestuarios existentes, acopio de materiales e

instalación de un termotanque resultando la disciplina de Taekwondo beneficiada con

los trabajos realizados por un monto de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000);

Que atento lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley N° 1.624, el Subsecretario

de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a los Clubes de Barrio inscriptos el

Registro Único de Instituciones Deportivas subsidios destinados al desarrollo y

promoción del deporte amateur, debiendo la Institución beneficiaria realizar rendición

de cuenta documentada ante la autoridad de aplicación de acuerdo a lo estipulado en

la Resolución N° 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución N° 50/SSDEP/10;

Que la institución deportiva solicitó el redireccionamiento del destino de los fondos por

resultar insuficiente la suma recibida para cumplir con el objetivo planteado en el

proyecto original y que tal redireccionamiento corre en el presente actuado, estando el

destino efectivamente otorgado a los fondos recibidos en concordancia con lo

normado en el arículo 21 de la Ley 1.624;

Que la mencionada institución realizó la rendición en tiempo y forma del subsidio

recibido presentando documentación respaldatoria de las obras realizadas;

Que la Gerencia Operativa de Clubes y Federaciones, ha informado que las...

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