Resolución 409/2021

Fecha de publicación23 Diciembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DEL AGUA


José María Ezeiza, Buenos Aires, 20/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-90732396-APN-INA#MOP, la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) modificada por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, el Decreto N° 1759 de fecha 27 de abril de 1972 (T.O. 2017), la Resolución Nº RESOL-2021-325-APN-INA#MOP, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO se tramitó la promoción de la agente de Planta Permanente de este INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, Mónica Alicia BELLI (DNI Nº 16.106.154).

Que dicha promoción se instruyo mediante la Resolución Nº RESOL-2021-325-APN-INA#MOP, ANEXO IF-2021-110670450-APN-SRRHH#INA en el cual se consigno Cargo, Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonarios correspondientes al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios.

Que en el VISTO del citado acto administrativo, por error material se citó el Expediente EX-2021-90733079- APN-INA#MOP, como así también en la referencia del mencionado acto y su Anexo, correspondiendo subsanarse los mismos.

Que la presente resolución no produce efectos directos sobre los administrados ni implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervención previa del servicio de asesoramiento jurídico de este organismo, en los términos del Artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y sus modificatorios.

Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 1991) contempla la facultad del órgano emisor del acto de rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que han tomado la intervención de su competencia la Subgerencia de Recursos Humanos y la Asesoría Jurídica del Instituto.

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 20.126, por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y el Decreto Nº 881/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.

Por ello,

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