Resolución 408/2019
Fecha de publicación | 18 Junio 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA |
Ciudad de Buenos Aires, 11/06/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2018-61760525-APN-DDYGD#MECCYT, la Ley N° 26.548 “Banco Nacional de Datos Genéticos. Ámbito Funcional. Objeto. Funciones. Archivo Nacional de Datos Genéticos. Reserva de la Información”, los Decretos N° 38 de fecha 22 de enero de 2013 y N° 680 de fecha 28 de abril de 2015, y RESOL-2019-297-APN-SGCTEIP#MECCYT, y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente citado en el Visto, tramita el Concurso Público de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Director General Técnico del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG).
Que el artículo 19 de la Ley N° 26.548 consagra que la organización del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) funcionará bajo la responsabilidad y dirección de un Director General Técnico, profesional en bioquímica o biología molecular con reconocida experiencia en genética forense y un Subdirector Técnico, con igual profesión y especialización.
Que será designado por el Poder Ejecutivo a través de un concurso público de oposición y antecedentes, que garantice la idoneidad científica del profesional elegido y la transparencia del proceso de selección; y durará en el cargo cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Que por el artículo 20 de la citada Ley se establecen expresamente las funciones del cargo a concursar y entre las que se encuentran las siguientes: Corresponderá al Director General Técnico: a) Coordinar y conducir el conjunto de las actividades, a efectos de lograr el mejor cumplimiento de los fines de la presente ley y sus normas concordantes y complementarias; b) Ejercer la representación legal en todos sus actos, pudiendo a tales fines delegar sus atribuciones en el subdirector técnico; c)Convocar y presidir las reuniones del consejo consultivo, con voz y voto; d)Proponer al consejo consultivo los planes y programas de actividades; e) Ejercer todas las funciones de carácter científico establecidas; f) Responder como perito oficial a los requerimientos de órganos judiciales; g) Proponer al consejo consultivo, con la colaboración de los subdirectores, la estructura orgánica funcional del Banco Nacional de Datos Genéticos.
Que, en otro orden, el Decreto N° 38/2013 dispone en sus artículos 19.1.1. y 19.1.2. que el entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNVACIÓN PRODUCTIVA, actual SECRETARIA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, impulsará, anunciará y difundirá el llamado a concurso.
Que el artículo 19.1.3 del Decreto citado, detalla que llamado a...
VISTO el Expediente Nº EX-2018-61760525-APN-DDYGD#MECCYT, la Ley N° 26.548 “Banco Nacional de Datos Genéticos. Ámbito Funcional. Objeto. Funciones. Archivo Nacional de Datos Genéticos. Reserva de la Información”, los Decretos N° 38 de fecha 22 de enero de 2013 y N° 680 de fecha 28 de abril de 2015, y RESOL-2019-297-APN-SGCTEIP#MECCYT, y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente citado en el Visto, tramita el Concurso Público de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Director General Técnico del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG).
Que el artículo 19 de la Ley N° 26.548 consagra que la organización del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) funcionará bajo la responsabilidad y dirección de un Director General Técnico, profesional en bioquímica o biología molecular con reconocida experiencia en genética forense y un Subdirector Técnico, con igual profesión y especialización.
Que será designado por el Poder Ejecutivo a través de un concurso público de oposición y antecedentes, que garantice la idoneidad científica del profesional elegido y la transparencia del proceso de selección; y durará en el cargo cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Que por el artículo 20 de la citada Ley se establecen expresamente las funciones del cargo a concursar y entre las que se encuentran las siguientes: Corresponderá al Director General Técnico: a) Coordinar y conducir el conjunto de las actividades, a efectos de lograr el mejor cumplimiento de los fines de la presente ley y sus normas concordantes y complementarias; b) Ejercer la representación legal en todos sus actos, pudiendo a tales fines delegar sus atribuciones en el subdirector técnico; c)Convocar y presidir las reuniones del consejo consultivo, con voz y voto; d)Proponer al consejo consultivo los planes y programas de actividades; e) Ejercer todas las funciones de carácter científico establecidas; f) Responder como perito oficial a los requerimientos de órganos judiciales; g) Proponer al consejo consultivo, con la colaboración de los subdirectores, la estructura orgánica funcional del Banco Nacional de Datos Genéticos.
Que, en otro orden, el Decreto N° 38/2013 dispone en sus artículos 19.1.1. y 19.1.2. que el entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNVACIÓN PRODUCTIVA, actual SECRETARIA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, impulsará, anunciará y difundirá el llamado a concurso.
Que el artículo 19.1.3 del Decreto citado, detalla que llamado a...
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