Resolución 1/2012

Fecha de disposición10 Octubre 2012
Fecha de publicación19 Octubre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 10/10/2012

VISTO el expediente N° 1.528.189/12 y el ACUERDO celebrado el 10 de mayo de 2012, que fuera homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1183 del 13 de agosto de 2012, que quedara registrado bajo el N° 988/12, y

CONSIDERANDO:

Que en el seno de la Octava Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Calzado, los sectores que lo integran firmaron un acuerdo para modificar las tarifas vigentes a partir del día 1 de abril de 2012 y el 31 de marzo de 2013, en tres tramos no acumulativos.

Que en Audiencia Celebrada el 10 de octubre de 2012 ha sido aprobada la actualización de las mismas.

Que las partes solicitan que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 26 inciso a) de la Ley 12.713.

Por ello:

LA OCTAVA COMISION DE TRABAJO A DOMICILIO

DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO

RESUELVE:

Artículo 1°

— Apruébase el Acta del 10 de octubre de 2012 y sus Planillas Anexas del Expediente 1.528.189/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que forma parte de la Presente Resolución como ANEXO de la misma.

Art. 2° — La presente Resolución resultará de aplicación en el ámbito de todo el territorio nacional.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Bermúdez.

Referencia: Expediente MTEySS N° 1.528.189/12

En la Ciudad de Buenos Aires a los 10 días del mes de octubre de 2012, siendo las 15:00 horas en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ante el Presidente de la Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio de la Industria del Calzado, Lic. Eduardo BERMUDEZ COMPARECEN: en representación de la Federación Argentina de la Industria del Calzado y Afines (FAICA), Sergio Carlos PANOSSIAN y el Dr. Horacio Enrique ZOLEZZI, por una parte y, por la otra, en representación del sector sindical, por la Unión Trabajadores de la Industria del Calzado de la República Argentina (UTICRA), los señores Pablo de la Cruz ROMERO y Agustín AMICONE; y por el Sindicato de Trabajadores Talleristas a Domicilio (STTaD), el Sr. Claudio PULVIRENTI y el Dr. Horacio Daniel DI SARLI.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, luego de un prolongado intercambio de opiniones, las partes acuerdan reproducir y convenir en este ámbito lo pactado en el ACUERDO celebrado el 10 de mayo de 2012, la Resolución de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR