Resolución 399.
Fecha de disposición | 27 Octubre 2016 |
Fecha de publicación | 27 Octubre 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 399/2016
Buenos Aires, 21/10/2016
VISTO el Expediente N° 233304/2013-Cpos. I/VII- del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; las Leyes N° 23.551 y N° 23.660; los Decretos N° 504 del 12 de mayo de 1998 y N° 1.400 del 4 de noviembre de 2001; las Resoluciones del INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES N° 481 del 15 de agosto de 1990 y N° 488 del 10 de septiembre de 1990, la Resolución de la SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO N° 223 del 20 de mayo de 1969 y Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1304 del 7 de septiembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO el SINDICATO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT (S.P.G.P.CH.), solicita la inscripción en el R.N.O.S. de una Obra Social propia, en los términos del inciso a) Artículo 1° de la Ley N° 23.660.
Que con el certificado de autoridades gremiales extendido por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el presentante acredita su carácter de Secretario General y la vigencia del mandato por el período 02/01/2013 al 02/01/2017.
Que a los fines de la solicitud de inscripción, se acompaña la Resolución N° 223/1969-S.E.T., por la cual la Cartera Laboral le otorga a la entidad personería gremial, determinando ámbitos de representación personal y territorial.
Que en este orden, la asociación sindical agrupa a todos los trabajadores que desarrollen sus tareas en empresas al servicio de la industria privada del petróleo, con zona de actuación en todo el territorio de la Provincia del CHUBUT.
Que asimismo, se adjunta Convenio Colectivo de Trabajo N° 605/10, homologado por Resolución N° 1304/2010-S.T., padrón de afiliados al S.P.G.P.CH., en formato papel y soporte magnético y un ejemplar de Estatuto Social de la entidad gremial.
Que obra agregada en las actuaciones del VISTO, el Acta de fecha 22 de abril de 2013, correspondiente a la reunión de la Comisión Directiva del SINDICATO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT, por la que se aprueba, en forma unánime, la creación de una Obra Social propia.
Que con la documentación emanada del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se acredita que dicha Repartición tiene por desafiliada a la asociación sindical presentante, de la FEDERACION ARGENTINA SINDICIAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADOS (conforme inciso "c", Artículo 5° de la Ley 23.551).
Que a fs. 1281/1286, 1288/1293 y 1295/1300 del Expediente citado en el...
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