Resolución 104/2012

Fecha de disposición10 Septiembre 2012
Fecha de publicación12 Septiembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 10/9/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0343356/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 55 de fecha 31 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se declaró procedente la apertura de la investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de productos de placas, láminas, hojas, cintas y tiras autoadhesivas de plástico sin imprimir (excepto las cortadas en dimensiones apropiadas como piezas de vehículos automóviles y las de celulosa regenerada, de poliuretanos, o de polímeros fluorados), incluso de polietileno con revestimiento anticorrosivo de anchura superior o igual a CINCO CENTIMETROS (5 cm) pero inferior o igual a CIENTO VEINTE CENTIMETROS (120 cm), en rollos o en hojas de forma cuadrada o rectangular, y papeles autoadhesivos en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño, originarias de la REPUBLICA DE CHILE, mercadería que clasifica por las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3919.10.00, 3919.90.00, 4811.41.10 y 4811.41.90.

Que en atención a las modalidades de comercialización de las mercaderías alcanzadas por la citada Resolución Nº 55/12 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR resulta oportuno proceder a ajustar el plazo establecido en el Artículo 4° de la misma.

Que como consecuencia de las consideraciones expuestas, resulta pertinente sustituir el Artículo 4° de la Resolución Nº 55/12 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (Texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y el Decreto Nº 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1°

— Sustitúyese el Artículo 4° de la Resolución Nº 55 de fecha 31 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por el siguiente:

“ARTICULO 4°.- Instrúyese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR