Resolucion 388

Fecha de disposición31 Julio 2007
Fecha de publicación31 Julio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31207

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha informado que han sido cumplidos los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que asimismo, se han cumplido las condiciones establecidas en los Artículos 16 y 18 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para la inscripción de la variedad en el Registro Nacional de Cultivares.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas creada por la Ley Nº 20.247, en reunión de fecha 11 de abril de 2007, según Acta Nº 341, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el artículo 9º del Decreto 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley 25.845 y en la Resolución Nº 153 de fecha 5 de julio de 2006 de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía y Producción.

Por ello,

EL PRESIDENTE A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de algodón DP 604 BG, solicitada por la empresa DELTAPINE AUSTRALIA PTY. LTD.

ARTICULO 2º

Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. -- Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente A/C, Instituto Nacional de Semillas.

e. 31/7 Nº 64.963 v. 31/7/2007 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE TRANSPORTE Bs. As., 23/7/2007

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución M.O.S.P. Nº 237/85 se hace saber a los interesados que podrán hacer llegar a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE en el plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos después de esta publicación, en un escrito original, con TRES (3) copias del mismo, sus objeciones respecto a la siguiente solicitud, dando cumplimiento a los requisitos que preceptúa la norma citada.

EXPEDIENTE Nº: EXP-S01:0018360/2007

EMPRESA: TRANSPORTES AUTOMOTORES CALLAO S.A.

Línea Nº 12 DOMICILIO: SANTA FE 4927 (1425) CAPITAL FEDERAL.

TEMA: Solicitud de aumento de parque móvil en SEIS (6) unidades.

PARQUE MOVIL AUTORIZADO: SESENTA Y SEIS (66) unidades.

Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 31/7 Nº 64.921 v. 31/7/2007 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE TRANSPORTE Resolución Nº 388/2007

Bs. As., 23/7/2007

VISTO el Expediente Nº S01:128102/2003 del Registro del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 230 de fecha 20 de marzo de 2003 de la SECRETARIADE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION, se llamó a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de servicios públicos de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional, conforme la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE LA PRODUCCION que aprobó el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERNACIONAL.

Que, oportunamente, fueron encomendados --en forma provisoria y a título precario-- la ejecución de servicios de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional, con el objeto de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de transporte, con especial preocupación en el mantenimiento de la fuente de empleo y hasta tanto se substanciara el procedimiento de Licitación Pública que posibilitase la regularización definitiva de tales concesiones, conforme lo previsto por el Artículo 21 del Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio 1992, modificado por su similar Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995.

Que mediante la Disposición Nº 99 de fecha 5 de marzo de 1999 de la exSUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y Comunicación Nº 152 de fecha 2 de octubre de 2001 de la ex- SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE del ex- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, se otorgó a la firma EXPRESO RIO PARANA SOCIEDAD ANONIMA permiso precario para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional en el corredor Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) / ASUNCION (REPUBLICA DEL PARAGUAY), SERVICIO COMUN, a través del Paso Fronterizo Puente Internacional SAN ROQUE GONZALEZ DE SANTA CRUZ. Mediante la Resolución Nº 137 de fecha 15 de mayo de 1996 de la ex- SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se autorizó a la mencionada firma a prestar, con carácter precario, los servicios de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter internacional en el corredor de tráfico Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) / CORONEL OVIEDO - CAAGUAZU - VILLARRICA (todas ellas de la REPUBLICA DEL PARAGUAY), a través del Paso Fronterizo Puente Internacional SAN ROQUE GONZALEZ DE SANTA CRUZ, con tráfico internacional exclusivamente entre Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICAARGENTINA) y CAAGUAZU - CORONEL OVIEDO - VILLARRICA (todas ellas de la REPUBLICA DEL PARAGUAY) y con expresa exclusión de tráfico en ENCARNACION (REPUBLICA DEL PARAGUAY) y CIUDAD DEL ESTE (REPUBLICA DEL PARAGUAY).

Que asimismo, mediante la Disposición Nº 393 de fecha 16 de septiembre de 1999 de la exSUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE del ex-...

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