Resolución 470/2012

Fecha de disposición01 Junio 2012
Fecha de publicación06 Junio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 1/6/2012

VISTO el Expediente Nº 200.740/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Nº 26.682, los Decretos Nros. 1991 y 1993/11 y las Resoluciones Nros. 055/12 y 146/12-SSSalud, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 055/12-SSSalud se aprobaron las normas de procedimiento para la inscripción de los sujetos comprendidos en el artículo 1° de la Ley Nº 26.682 (modificada por Decreto Nº 1991/11) en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA (R.N.E.M.P.).

Que, conforme lo establecido en la norma citada, el procedimiento referido en el considerando precedente es de cumplimiento obligatorio para que los sujetos indicados obtengan la respectiva autorización para funcionar con los alcances del artículo 5°, inciso e), del Decreto Nº 1993/11.

Que en el Anexo II de la Resolución Nº 055/12-SSSalud, se establece el detalle de la documentación y demás recaudos que las entidades deben presentar y cumplimentar al momento de iniciar el respectivo expediente administrativo de inscripción ante el R.N.E.M.P.

Que en los subpuntos 3.1 y 3.7 del Anexo II citado precedentemente, se mencionan dos aplicativos informáticos para presentar, respectivamente, el Padrón actualizado de usuarios y el Listado de efectores prestacionales, indicándose —en ambos casos— que dichos aplicativos estarán disponibles en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD con anterioridad al día 6 de marzo de 2012.

Que mediante las disposiciones contenidas en la Resolución Nº 146/12-SSSalud se prorrogó por el término de SESENTA (60) días la fecha límite fijada para la puesta en disponibilidad de los aplicativos informáticos mencionados, eximiéndose de la obligación de presentar los recaudos indicados en los subpuntos 3.1 y 3.7 del Anexo II de la Resolución Nº 055/12-SSSalud a aquellos sujetos que —al momento de la prórroga— ya hubieren iniciado el trámite de solicitud de inscripción vía Internet.

Que, en consideración a lo informado por la Subgerencia de Informática del Organismo, sendos aplicativos se encuentran implementados y en condiciones de ponerlos en disponibilidad para su utilización por parte de las entidades obligadas, por lo que corresponde aprobar el procedimiento para el envío y recepción del Padrón actualizado de usuarios y del Listado de efectores prestacionales.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su respectiva competencia.

Que la...

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