Resolución 377/2019

Fecha de publicación02 Julio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2019

VISTO el Expediente Nº EX -2019-55077084-APN-DGD#MTR, las Leyes Nº 18.875 y Nº 27.437, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la solicitud del Grupo Aerolíneas (Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A.) por la cual requiere que se apruebe el caso excepcional que habilita la contratación con firmas o profesionales extranjeros en los términos del artículo 8° de la Ley N° 18.875, en el marco del procedimiento de selección para la contratación de un servicio de uso de un Sistema para la gestión automática de devoluciones de tickets.

Que la Ley N° 18.875 de Contrate Nacional prevé la protección de las empresas locales, instrumentada por medio de las políticas de reserva de mercado y trato preferencial.

Que mediante la Ley N° 27.437 se estableció el Régimen de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores con el objeto de otorgar preferencia a la adquisición, locación o leasing de bienes de origen nacional, y se mantuvo la vigencia de la Ley N° 18.875, en todo aquello que no se oponga a la referida ley.

Que, a su vez, el artículo 8 de la Ley Nº 18.875 establece que sólo en casos excepcionales y aprobados previamente por una resolución del Ministerio competente, en los que se demuestren razones valederas para la licitación o contratación internacional, se podrá contratar la construcción de obras y la provisión de servicios, con empresas que no sean locales.

Que, en consecuencia, el procedimiento de selección en cuestión se rige, entre otras normas, por la Ley N° 18.875.

Que intervinieron las áreas técnicas del Grupo Aerolíneas a fin de dar justificación a la contratación internacional, en particular la DIRECCIÓN COMERCIAL y la GERENCIA DE AEROLÍNEAS PLUS Y SOPORTE COMERCIAL mediante el Dictamen Técnico publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 14 de junio de 2019.

Que en el referido dictamen se hizo énfasis en la necesidad de contratar un sistema que permita la posibilidad de realizar devoluciones de tickets de modo automático, cumpliendo con las espectativas del Grupo Aerolíneas.

Que, asimismo, el dictamen mencionado sostiene que el Sistema permitiría mejorar la experiencia del pasajero, en correlación y fortaleciendo de este modo el pilar de Excelencia en Servicio y Seguridad.

Que, sumado a ello, consideró que no existe ningún caso en el cual una firma netamente argentina haya desarrollado ni pueda desarrollar en los tiempos que el Grupo Aerolíneas requiere...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR