Resolución 37.

EmisorAdministracion Nacional de Aviacion Civil
Fecha de la disposición31 de Enero de 2017

Resolución 37/2017

Buenos Aires, 26/01/2017

VISTO el Expediente ANC N°:0001322/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante eI expediente citado en el Visto, tramita la aprobación del proyecto de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) Parte 120, bajo el título "Reglamento de Prevención y Control del Consumo Indebido de Sustancias Psicoactivas en el Personal Aeronáutico", elaborado por el Departamento Evaluación Médica de la Dirección de Licencias al Personal, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), para su incorporación al cuerpo de Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC).

Que conforme lo establecido en la Resolución N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, es función de la Dirección de Licencias al Personal dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, a través del Departamento Normas de Licencias Aeronáuticas, intervenir en la elaboración de normas y reglamentaciones que rigen la actividad referente a los Centros de Aptitud Psicofisiológico, proponiendo las modificaciones que resulten pertinentes.

Que la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI), contempla la presente problemática en su Documento N° 8.984 "Manual de Medicina Aeronáutica" y en su Documento N° 9.654, el cual hace referencia a la prevención del uso problemático de ciertas sustancias en el lugar de trabajo en la esfera de la aviación, siendo ambos documentos de consulta sobre esta temática.

Que el proyecto elaborado pretende incorporar en un solo cuerpo normativo, programas vigentes propuestos por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) los cuales están en plena implementación en Estados Europeos, como también en Estados Latinoamericanos.

Que la presente regulación se ha realizado en concordancia con el Reglamento Aeronáutico Latinoamericano (LAR) Parte 120 denominado "Prevención y Control del consumo indebido de sustancias psicoactivas en el personal aeronáutico", el cual fue aprobado durante la Vigésimo Séptima Reunión Ordinaria de la Junta General del Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) celebrada en la ciudad de Guatemala el día 17 noviembre 2014.

Que durante el proceso de elaboración del referido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR