Resolucion 3660

Fecha de la disposición16 de Enero de 2007

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.074 17Martes 16 de enero de 2007

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 3653/2006

Bs. As., 21/12/2006

VISTO el Expediente Nº 10557 del Registro del ENTE NACIONALREGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 03 de Febrero de 2004 y CONSIDERANDO:

Que a fs. 21 a 42 obra el Memorándum Nº 112/06 del 15 de setiembre de 2006 mediante el cual la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES solicita a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS solicita se proceda a la renovación de la suscripción de LA LEY S.A. según el presupuesto adjunto al mismo.

Que del citado presupuesto se desprende que si bien el importe total de la suscripción anual 2007 a la REVISTA JURIDICA ARGENTINA LA LEY ON LINE 2007; a los ANALES DE LEGISLACION ARGENTINA ON LINE 2007, a ANTECEDENTES PARLAMENTARIOS 2007 y a la REVISTA IMPUESTOS 2007 asciende a la suma de PESOS TREINTAY UN MIL SETECIENTOS SESENTA($ 31.760), si se abona antes del 9 de octubre de 2006, el mismo iba a tener un descuento del NUEVE POR CIENTO (9%).

Que a fs. 43 obra la comunicación interna que el AREA COMPRAS le dirigió al AREA PRESUPUESTO --ambas de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS-- para que informe si existe crédito para afrontar el gasto de la compra en trámite, el que se estimó en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS UNO CON 60/100 ($ 28.901,60).

Que el SECTOR PRESUPUESTO respondió a fs. 44, indicando que a esa fecha (29 de setiembre de 2006) no contaba con crédito suficiente para afrontar dicho gasto, pero que se realizará una modificación presupuestaria la que se estima estará aprobada alrededor de la segunda quincena de octubre del corriente año.

Que así las cosas, a fs. 45 obra una nueva comunicación interna que el AREA COMPRAS le dirigió al AREA PRESUPUESTO --ambas de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS-para --atento a lo expuesto en su informe del 29 de setiembre de 2006-- que informe si existe crédito para afrontar el gasto de la compra en trámite, el que ahora se estimó en la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 31.760).

Que la respuesta afirmativa del AREA PRESUPUETO se encuentra incorporada a fs. 46 de autos.

Que a fs. 47 se encuentra glosado el MEMORANDUM GA Nº 220/2006, a través del cual la GERENCIA DE ADMINISTRACION informa a la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES sobre el estado actual del trámite y le solicita que dictamine sobre la posibilidad de efectuar la correspondiente adjudicación, teniendo especialmente en cuenta que LA LEY S.A. expresó que son los editores y únicos distribuidores de las publicaciones mencionada precedentemente.

Que cabe resaltar que el artículo 22 (MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS) del Decreto Nº 436/00 establece en su inciso a) que cuando lo contratos no superen el monto de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000) se puede imprimir el procedimiento de Contratación Directa.

Que como el monto de la contratación bajo análisis no supera el máximo mencionado en el párrafo anterior (ver. constancias de fs. 23, 45 y 46), entendemos que no existe obstáculo legal para que a esta contratación se le imprima el procedimiento de Contratación Directa.

Que ahora bien, en atención a que desde hace ya varios años se viene contratando el servicio a la empresa LA LEY S.A. --de reconocida capacidad y prestigio técnico científico en el medio--, quien a su vez resulta se los editores y únicos distribuidores de las publicaciones cuya renovación se requiere consideramos pertinente adjudicar esta contratación a la antes mencionada firma (cfr. art. 26 del Decreto Nº 436/2000 y art. 53 apartado f) de la Ley de Contabilidad).

Que finalmente, resulta pertinente hacer notar que el Art. 99 inciso a) del Decreto Nº 436/00, el ENARGAS está facultado para aumentar hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) el monto total del contrato en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/01.

Por ello EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Adjudicar la Contratación Directa promovida para la renovación y ampliación de la suscripción a LA LEY S.A en la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 31.760,00).

ARTICULO 2º

Notifíquese al oferente y las Gerencias Intervinientes publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- CARLOS A. ABALO, Director, Ente Nacional Regulador del Gas. -- RICARDO D. VELASCO, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.

-- Cdor. FULVIO M. MADARO Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas e. 16/1 Nº 535.580 v. 16/1/2007 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 3659/2006

Bs. As., 27/12/2006

VISTO el Expediente Nº 10.504 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por las Ley Nº 24.076; Resolución ENARGAS Nº 139/95; Informe UAC GNC Nº 270/ 2006, y Dictamen Jurídico Nº 996/2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Constitución Nacional señala que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, y las autoridades proveerán a la protección de esos derechos.

Que el ENARGAS, creado por la Ley Nº 24.076, tiene entre sus facultades las de 'a) Hacer cumplir la presente Ley, su reglamentación y disposiciones complementarias en el ámbito de su competencia, controlando la prestación de los servicios, a los fines de asegurar el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los términos de la habilitación; x) En general, realizar todo otro acto que sea necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones y de...

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