Resolución 357/2023

Fecha de publicación02 Junio 2023
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2023

VISTO el Expediente Nro. EX- EX-2023-54713152- -APN-SSYPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 24.059 de Seguridad Interior, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO

Que, mediante Nota Nro. NO-2023-54146414-APN-DNC#MRE, el Sr. Consejero de embajada y cónsul general Asesor de la Dirección Nacional de Ceremonial del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, puso en conocimiento de esta cartera que entre los días 2 y 5 de julio de 2023, en la Ciudad de Puerto Iguazú, Misiones, se llevará a cabo la LXII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Presidentes de los Estados Partes de MERCOSUR y Estados Asociados.

Que, la LXII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Presidentes de los Estados Partes de MERCOSUR y Estados Asociados contará con una asistencia aproximada de 1.200 personas, destacándose -en cuanto interesa en materia de seguridad- la participación de jefes de Estado, comitivas de funcionarios y autoridades de los distintos Estados intervinientes.

Que, tal como destacó el Sr. Consejero de embajada y cónsul general Asesor de la Dirección Nacional de Ceremonial del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la implementación de especiales dispositivos de seguridad tales como la conformación e integración de comandos unificados ha resultado una herramienta que permitió garantizar satisfactorias condiciones de seguridad durante el desarrollo de otros eventos de similares características y trascendencia institucional.

Que, en virtud del art. 22bis. de la Ley de Ministerios es competencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD “… asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático, y en particular: […] 14. Entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, así como para la prevención del delito…”.

Que, por imperio de la norma que comunica el art. 24 de la Ley Nro. 24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y de las fuerzas federales de seguridad del Estado Nacional.

Que, en tal sentido y atento las...

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